Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39194 de 27 de Febrero de 2013
Sentido del fallo | INADMITE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Número de expediente | 39194 |
Fecha | 27 Febrero 2013 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
República de Colombia Casación 39194
P/. J.E.R.B.
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente:
Luis Guillermo Salazar Otero
Aprobado Acta No. 060
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013).
ASUNTO
La Sala decide la admisibilidad de la demanda sustento del recurso de casación interpuesto por el defensor de JULIÁN EDUARDO R.B., contra la sentencia del 30 de marzo de 2012 proferida por el Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual confirmó la emitida el 1º de febrero del mismo año por el Juzgado Veintidós Penal del Circuito de esta ciudad, que lo condenó a cien (100) meses de prisión, por los delitos de concierto para delinquir, hurto por medios informáticos agravado, falsedad en documento privado y falsedad en documento público agravada.
HECHOS Y ANTECEDENTES
A raíz de reclamaciones de sus clientes, el banco Davivienda pudo comprobar fraudes mediante la activación de tarjetas de crédito sin autorización de sus titulares, las cuales eran utilizadas para realizar avances en dinero efectivo y compras en establecimientos de comercio por suplantadores ayudados por funcionarios de esa entidad, al facilitar las transacciones sin exigir el cumplimiento de los requisitos por omisión de los procedimientos de control interno, o mediante la consulta de los registros en el sistema y la entrega de listados de los titulares que tenían aprobados elevados cupos de crédito, para que la organización sustrajera el dinero.
También utilizaban documentos falsos o recibían tarjetas de crédito a su nombre, a través de las cuales retiraban el dinero sustraído ilícitamente del banco, cuya cuantía fue estimada en $381.544.909. De participar en esos hechos, fue acusado J.E.R.B..
El 13 de noviembre de 2010, en audiencia preliminar de legalización de captura, formulación de imputación y solicitud de medida de aseguramiento, R.B. aceptó los cargos de concierto para delinquir, falsedad material en documento público, falsedad en documento privado y hurto por medios informáticos.
El 9 de diciembre de 2010, el Fiscal 158 Seccional remitió a los Jueces Penales del Circuito de Bogotá, el escrito de acusación con allanamiento de cargos, el cual por reparto correspondió al Veintidós.
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN
Con sustento en la causal primera, alega la violación directa de la ley sustancial por falta de...
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