Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 38465 de 7 de Marzo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 552506790

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 38465 de 7 de Marzo de 2012

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Tribunal de OrigenJuzgado Penal del Circuito Especializado de Montería
Número de expediente38465
Fecha07 Marzo 2012
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Proceso nº 38465 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta No. 74.

B.D., marzo siete (7) de dos mil doce (2012).

VISTOS

Procede la Sala a definir la competencia en este asunto, por cuanto el titular del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería aduce no ser competente para adelantar la actuación que en contra de G.R.C.J. se sigue por el delito de concierto para delinquir agravado, sino que lo es su homólogo del departamento de Sucre.

HECHOS

Fueron consignados en el escrito de acusación, en los siguientes términos:

Los hechos se relacionan con la investigación que se viene adelantando desde el año 2.009 por el delito de concierto para delinquir bajo el SPOA 7000160010362009000163, contra la banda criminal de Los Urabeños que delinque en el departamento de Sucre, en los municipios de Sincelejo, Sampúes (sic), Corozal, Sincé y S.P., producto de esta investigación adelantada fueron judicializados 22 integrantes de esta banda criminal.

De la investigación adelantada fueron capturadas 15 personas, entre los que se destaca el jefe de la estructura criminal en el departamento de Sucre alias El Viejo, el segundo comandante de la estructura alias C., y el comandante de S.H.M.Z., alias El Pipón - helioth.

Esta estructura criminal asentada en el departamento de Sucre, es responsable de la realización de homicidios en el departamento en la modalidad de sicariato y desde luego el narcotráfico. -

Otro hecho relevante de esta investigación es la incautación de una nómina por valor de $82.229.000.00 que corresponde a la nómina de los integrantes de la estructura criminal, en dicha nómina están incluidos los integrantes de los municipios en los cuales tiene asiento la organización criminal, entre otros Sincelejo, Sincé, Sampúes (sic), S.P., además de los miembros de la estructura que se encuentran recluidos en la cárcel por comisión de otras conductas punibles y que han sido capturados que corresponden según su jerga a Canadá. -

El hoy indiciado G.R.C.J. dentro de la organización actuaba en el municipio de Sincé-Sucre, bajo las ordenes de H.M.Z. alias "El Pipón-helioth", el cual aceptó cargos en audiencia de imputación de cargos realizada en Necoclí y fue condenado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería el 18 de octubre de 2011; G.R.C.J. tenía el rol de "machetero", que dentro de la jerga utilizada por los integrantes de la estructura criminal, hace referencia a la persona que realiza sicariatos o la que pilotea moto, en el momento de ejecutar acciones criminales, tan es así que fue capturado el día 5 de marzo de 2010 en el municipio de S.P.-Sucre en compañía del sujeto J.L.B.C. (alias M. o N. que realmente responde al nombre de…) también indiciado dentro de esta carpeta, y quienes fueron condenados a 200 meses de prisión por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sincé Sucre., por el delito de homicidio agravado siendo victima el ciudadano P.N.M.R. quien fuera acribillado por estos dos sujetos en su vivienda ubicada en el municipio de Sincé Sucre cumpliendo desde luego su rol, es decir pilotear llevando a su compañero quien materializó el homicidio…”.

ACTUACIÓN PROCESAL

Durante audiencia preliminar, realizada el 28 de octubre de 2011 ante el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías Ambulante de Montería, se formuló imputación en contra de G.R.C.J. por el delito de concierto para delinquir agravado, cargo que no aceptó.

El 26 de enero del año en curso, la Fiscalía presentó, ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, escrito de acusación en contra del mencionado, como presunto autor del mismo delito.

Dicho despacho judicial dispuso la realización de audiencia de formulación de acusación. Una vez se instaló la diligencia el 20 de febrero ulterior, el titular del despacho se declaró incompetente para conocer de la actuación.

Argumentó, en tal sentido, que carece de ella por el lugar donde...

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