Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40039 de 17 de Octubre de 2012
Sentido del fallo | DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL / ORDENA / COMPULSA COPIAS / CESA PROCEDIMIENTO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Transitoria Penal de Santa Rosa de Viterbo |
Fecha | 17 Octubre 2012 |
Número de expediente | 40039 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
República de Colombia CASACION 40039
DOMINGO M.D.
Corte Suprema de Justicia
Magistrada Ponente:
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZAprobado acta N° 382.
Bogotá D.C., diecisiete (17) de octubre de dos mil doce (2012).
VISTOS
Sería del caso que la Sala procediera a analizar lo relacionado con los requisitos de admisibilidad de la demanda presentada por el defensor de DOMINGO MARTÍNEZ DÍAZ, mediante la cual sustentó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia proferida el 20 de abril de 2012 por el Tribunal Superior de S.R. de Viterbo, si no se observara que la acción penal respecto del delito de falso testimonio, por razón del cual fue condenado el mencionado procesado, se encuentra en este momento prescrita.
HECHOS
Los resumió el Tribunal de la siguiente manera:
“El 18 de abril de 2002, J.V.B.… presentó denuncia en contra de DOMINGO M.D., aduciendo que dentro del interrogatorio de parte practicado ante el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Duitama el 16 de marzo de 2005, faltó a la verdad cuando se le preguntó sobre el contrato de comisión para la venta de un bien inmueble ubicado en la vereda la Trinidad y denominado “V.C.” a EMILIO PETRUCCI”.
1.- Adelantada la etapa investigativa, el 23 de agosto de 2006 la Fiscalía Quinta Seccional de S.R. de Viterbo calificó el mérito del sumario, profiriendo resolución de acusación en contra de DOMINGO M.D., por el delito de falso testimonio.
2.- Contra el pliego acusatorio la defensa interpuso el recurso de apelación, por cuya vía la Fiscalía Delegada ante los Tribunales Superiores de S.R. de Viterbo y Yopal le impartió confirmación en decisión del 17 de abril de 2007.
3.- La etapa del juicio estuvo a cargo del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Duitama, funcionario que avocó el conocimiento de la actuación el 7 de mayo del precitado año y el 21 de enero de 2008 realizó la audiencia preparatoria. La audiencia pública la celebró el 17 de julio postrero, poniendo fin a la instancia con la sentencia del 26 de mayo de 2011, en la cual condenó a DOMINGO M.D. a la pena principal de 52 meses, por el delito de falso testimonio.
4.- Con ocasión de la apelación interpuesta por la defensa, el Tribunal Superior de S.R. de Viterbo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba