Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40147 de 28 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 552577182

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40147 de 28 de Noviembre de 2012

Sentido del falloINADMITE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Número de expediente40147
Fecha28 Noviembre 2012
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Casación - inadmite No. 40147 D.R.S. De Castro República de Colombia

Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL






Magistrado Ponente

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Aprobado acta Nº 436








Bogotá D.C., veintiocho de noviembre de dos mil doce (2012).

V I S T O S



La Sala resuelve la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor de Diomedes Rafael S. De Castro, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bogotá, el 7 de junio de 2012, mediante la cual revocó la proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Descongestión de la misma ciudad, el 8 de noviembre de 2011, y lo condenó como coautor de los delitos de fraude procesal y estafa agravada.


HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

1. Los primeros fueron sintetizados por el juzgador de segundo grado de la siguiente manera:



José Martínez Caballero, como apoderado de J.N. de D., cónyuge sobreviviente del ex congresista Julio D. Ovalle, presentó en el trámite pensional que adelantaba ante el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, las certificaciones expedidas el 17 de junio y el 11 de julio de 1997 por D.S. De Castro (procesado en esta actuación), quien para esa época se desempeñaba como S. General de la Asamblea Departamental del M., que contenían información falsa sobre la vinculación y tiempo de servicio del causante en esa entidad pública, que sirvieron de base para la expedición de la Resolución N° 1007 del 21 de noviembre de 1997, en la que se ordenaba el reconocimiento y pago de la pensión mensual vitalicia de jubilación a favor de la solicitante”.



2. Por los anteriores hechos, la Fiscalía General de la Nación, el 26 de julio de 2005, profirió resolución de acusación contra D.S. De Castro por el delito de falsedad ideológica en documento público. Así mismo, precluyó la investigación respecto de los punibles de fraude procesal y estafa agravada.



Apelada la anterior decisión por el apoderado de la parte civil, la Fiscalía 46 Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, el 10 de septiembre de 2009, la revocó, en tanto profirió resolución de acusación contra el procesado por las conductas punibles de fraude procesal y estafa agravada.



En ese pronunciamiento, declaró la extinción de la acción penal por razón de la prescripción de la infracción de falsedad ideológica en documento público.



3. El expediente pasó al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Descongestión de Bogotá, autoridad que el 8 de noviembre de 2011, profirió sentencia en la que absolvió a D.R.S. De Castro de los cargos atribuidos en la acusación.



4. Apelado el fallo por la Fiscalía, el Tribunal Superior de Bogotá, el 7 de junio de 2012, lo revocó y, consecuentemente, condenó a D.S. De Castro a la pena principal de 82.32 meses de prisión, multa de 260.49 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la privativa de la libertad, como coautor de las conductas punibles de fraude procesal y estafa agravada.


6. Contra la anterior decisión el defensor de S. De Castro interpuso recurso de casación.



L A D E M A N D A


Con base en la causal primera, según la sistemática reglada en la Ley 600 de 2000, presenta un sólo reproche contra el fallo, así:



Único cargo


Argumenta que acude a la causal primera de casación, por cuanto la sentencia es violatoria de una norma de carácter sustancial, por falta de aplicación del artículo 182 del Decreto 100 de 1980, y aplicación indebida del artículo 453 de la Ley 599 de 2000.



El casacionista inicialmente cita algunos fragmentos del fallo recurrido y luego de referirse a la imputación jurídica atribuida a su defendido en la resolución de acusación, menciona una decisión de esta Sala de la Corte, para...

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