Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 41611 de 16 de Septiembre de 2009
Sentido del fallo | INADMITE RECURSO DE CASACIÓN |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Antioquia |
Fecha | 16 Septiembre 2009 |
Número de expediente | 41611 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
Radicación No. 41611
Acta No.36
Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ
Bogotá,D.C.,dieciséis (16) de septiembre de dos mil nueve (2009).
Procede la Corte a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de 24 de abril de 2009, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquia, en el proceso ordinario laboral adelantado por HERNÁN GONZÁLEZ SANTOS contra la EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS “ECOPETROL S.A”.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia- Sala Laboral, concedió el recurso de casación por haber estimado que lo interpuso el apoderado de la parte demandada EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS “ECOPETROL S.A” y que el monto económico del interés jurídico para recurrir rebasaba el tope mínimo reclamado por el artículo 43 de la Ley 712 de 2001.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
Por sabido se tiene que la legitimación procesal en quien los interpone constituye presupuesto de validez de los recursos judiciales, de suerte que su carencia los torna improcedentes.
La pasada de revista del expediente deja al descubierto que no figura el poder conferido al abogado, que en el escrito militante a folio 272 del informativo expresó que “... obrando en mi condición de apoderado judicial de ECOPETROL S.A … dentro del término previsto por el artículo 88 del Código de Procedimiento Laboral procedo a interponer RECURSO DE CASACION contra el fallo proferido por ese Tribunal dentro del proceso referido y de fecha 24 de abril de 2009….".
Si faltó legitimación de quien en nombre de la EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS “ECOPETROL S.A” interpuso el recurso de casación, ello impone que la Corte, en desarrollo de su...
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