Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 56340 de 4 de Diciembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 552593730

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 56340 de 4 de Diciembre de 2013

Sentido del falloACEPTA TRANSACCIÓN
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Número de expediente56340
Número de sentenciaAL1530-2013
Fecha04 Diciembre 2013
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


República de Colombia

Corte Suprema de Justicia





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado Ponente


AL1530-2013

Radicación n° 56340

Acta No 40



Bogotá D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil trece (2013)



Se pronuncia la Corte sobre el contrato de transacción allegado y suscrito por las partes y sus apoderados, dentro del proceso adelantado por EDILBERTO SOLANO PACHECO contra la ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A ESP a fin de que se declare terminado el proceso en forma definitiva y total.


I. ANTECEDENTES


Las partes y sus apoderados suscribieron contrato de transacción, allegado a esta corporación el 23 de septiembre de esta anualidad, dentro del cual establecieron unas condiciones, a efecto de dar por terminado el litigio y llegar a un acuerdo conjunto, por lo que solicitan a la Sala aprobar la terminación del proceso sin condena en costas.


Dentro del presente proceso, el juez de primera instancia, accedió a las pretensiones elevadas por el demandante y condenó a la demandada E.d.C. al reajuste de sus mesadas pensionales causadas a partir del año 2.005, al reconocimiento de intereses moratorios que resultaran del reajuste, a la indexación de las mesadas retroactivas y por último condenó en costas y agencias en derecho a la parte vencida.


Inconforme con la anterior decisión, la entidad demandada, interpuso recurso de apelación, que fue decidido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla, el cual emitió sentencia de segunda instancia confirmando la decisión emitida por el aquo.


Así las cosas la empresa condenada, interpuso recurso extraordinario de casación, al cual se le imprimió el trámite respectivo, quedando al despacho para fallo a partir del 4 de diciembre de 2012.


Para el efecto, las partes suscribieron el contrato de transacción en estudio, y la compañía demandada se comprometió a reconocer en favor del demandante E.S.P., la suma conciliatoria de $95.000.000, por concepto del reajuste reclamado sobre las mesadas pensionales, y $9.500.000 destinados a cubrir el valor de las costas procesales y agencias en derecho.


II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE


Una vez revisado el contrato de transacción suscrito entre las partes, y a efecto de decidir sobre la solicitud de terminación del litigio entre los contratantes, el despacho evidencia que en el presente...

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