Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 1100102030002012-02682-00 de 4 de Diciembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 552599266

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 1100102030002012-02682-00 de 4 de Diciembre de 2012

Sentido del falloRECHAZA EXEQUATUR
Tribunal de OrigenEspaña
Fecha04 Diciembre 2012
Número de expediente1100102030002012-02682-00
Tipo de procesoEXEQUATUR
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



Bogotá, D., martes, cuatro (4) de diciembre de dos mil doce (2012).



R Exp. N° 1100102030002012-02682-00



  1. Se rechaza, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 695-2 del Código de Procedimiento Civil, la anterior solicitud de exequátur respecto de la sentencia proferida el 7 de junio de 2010 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Alcoy (España), mediante la cual decretó el divorcio contencioso del matrimonio de C.C.C. y W.A.H.O., por la siguiente razón:


No aparece prueba de que la decisión objeto de homologación se encuentre ejecutoriada de conformidad con la ley del país de origen, según lo exige el numeral 3º del artículo 694 ídem.


Ha de tenerse en cuenta que ese requisito sólo se acredita con el documento a que hace referencia el artículo 2º de la Ley 7ª de 1908 por la cual se aprobó el Convenio suscrito entre Colombia y España el 30 de mayo del mismo año, es decir, con el "certificado expedido por el Ministerio de Gobierno o de Gracia y Justicia, siendo la firma de estos legalizada por el correspondiente Ministerio de Estado o de Relaciones Exteriores, y la...

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