Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39657 de 10 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 552632202

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 39657 de 10 de Octubre de 2012

Sentido del falloINADMITE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cundinamarca
EmisorSala de Casación Penal
Fecha10 Octubre 2012
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de expediente39657
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Aprobado acta Nº376

Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil doce (2012).

V I S T O S

La Sala resuelve acerca de la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor de F.J.G.C., contra la sentencia que por medida de descongestión dictó el Tribunal Superior de Cundinamarca, el 14 de junio de 2012, mediante la cual confirmó la proferida por el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Bogotá, el 22 de septiembre de 2011, que lo condenó a la pena principal de 680 meses de prisión y multa equivalente a 3.100 salarios mínimos legales mensuales vigentes es y a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como coautor de las conductas punibles de fabricación tráfico y porte de armas de fuego o municiones, hurto calificado agravado, concierto para delinquir, homicidio agravado, secuestro simple agravado y homicidio agravado en grado de tentativa.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

1. Los primeros fueron sintetizados por el juzgador de segunda instancia de la siguiente manera:

“(..) Durante los meses de junio, julio y agosto del año que corre (2009), se presentaron una serie de denuncias relacionadas con el hurto de vehículos automotores, concretamente camiones turbo, e igualmente se realizaron una serie de inspecciones a cadáveres, a través del análisis de tales elementos se logró establecer que existía coincidencia en aspectos tales como el modus operandi, forma de muerte, lugares de los hechos, horarios de ocurrencia y el posterior hallazgo de los conductores de los camiones asesinados, lo que permitió inferir el accionar delictivo de una estructura delincuencial en la ciudad de Bogotá y municipios de Cundinamarca, circunstancias que originaron el inicio de la investigación coordinada por la SIJIN de Bogotá y Cundinamarca, determinándose que se trataba de una banda organizada dedicada al apoderamiento de camiones tipo turbo ( Chevrolet NPR NKR NHR, M.C., Daihatsu Delta y otros), donde cada integrante cumple un papel determinado y hace una de dos modalidades así:

En la primera modalidad hay unas personas que son las encargadas de hacer el contacto con los conductores de los camiones, los cuales son engañados contratándolos so pretexto de hacer cualquier tipo de acarreos, siempre se trata de un traslado de elementos desde los municipios aledaños (M., Funza, Madrid, Facatativá) hacia Bogotá, ó desde la misma ciudad a esos municipios.

“Del análisis de estos hechos se desprende que la mayoría de los hurtos de camiones y posterior asesinato de los conductores, ocurrieron los fines de semana (viernes, sábado o domingo), en horas de la tarde o madrugada, oscilando entre las 3 de la tarde y las 6 de la mañana.

“Los conductores eran contratados en diferentes sectores de Bogotá, tales como Corabastos, Primera de Mayo, K. entre otros, y los sitios llamados playas donde parquean camiones que hacen acarreos.

“Una vez contratado el conductor para el supuesto servicio, es desplazado hacia cualquier municipio de los mencionados anteriormente, cuando el conductor se traslada hacia el sitio al que supuestamente es enviado, es convencido por el contratante para que evada el peaje de la salida de Bogotá y tome una vía alterna o trocha que atraviesa los sectores de los barrios Porvenir y Planadas del municipio de M., Cundinamarca, en el transcurso de la ruta son abordados con señales de pare por personal uniformado perteneciente a la Policía Nacional, motivo por el cual el incauto conductor no duda en detener el vehículo y al momento de bajarse de éste, salen otros delincuentes que lo intimidan con armas de fuego, lo despojan del carro, lo amarran y lo trasladan al sitio a la altura de la cabeza (sic).

La segunda modalidad consistía en llevar a su víctima (conductor de camión), a través de engaños hasta un inmueble y una vez se encuentra allí, con engaños lo hacen ingresar a la residencia y en el interior de la misma es intimidado con arma de fuego, y para someterlo totalmente hacen uso de sustancias o medicamentos depresivos que produzcan sueño y así colocan en total indefensión a su víctima, quien finalmente es asesinada y dejada en un sitio despoblado o en la aguas del río Bogotá, encontrando que los cuerpos han sido dejados en jurisdicción de M. o Fontibón, siempre con signos de tortura, heridas con arma blanca en el abdomen o golpes en diferentes partes del cuerpo.

“Una vez se apoderaban del camión eran entregados a diferentes personas, bien en los llanos orientales o en la ciudad de Bogotá, a fin de ser deshuesados o desbaratados para ser vendidos por partes, recibiendo por ellos entre 7 y 10 millones de pesos.

“De la investigación adelantada se logró establecer el hurto de 12 camiones y el consiguiente homicidio de sus conductores y ocupantes, así como la identificación de los miembros de la banda, entre los que se encuentran: J.A.V. (alias yair), M.L.L.M., O.R.V. ARCO (alias El Gordo), J.H.Á. ROJAS (alias EL Mecánico), C.C.M.A., V.A.V.G., J.G.R. RAMÍREZ (alias J), J.C.C., O.P. QUIROGA (alias EL Diablo), I.B.G. (alias EL Culebro), J.R.C.G., MARCO G.C.H. (alias EL Gato), D.A.R., I.J........A. y JULIO BAUTISTA BERNA y los hoy aquí acusados F.J.G. CRUZ y O.U..

“Los hechos que de manera individual ocurrieron, en lo que respecta a los hurtos, secuestros y homicidios, fueron los siguientes:

“1. (...) el 6 de junio de 2009, se hace una diligencia de inspección a cadáver de una persona sin identificar, con aspecto indigente, quien según lo narrado por algunos de los coparticipes de la conducta, fue ultimado con un disparo de arma de fuego en la cabeza, porque según se afirma, en una reunión a la que asistieron entre otros los policías V. y G., y los hermanos JULIO e I.B., decidieron matar al mencionado ciudadano, para lo cual V. suministró el arma de fuego y varios de los integrantes de la banda, entre ellos, E........U. actuaron de ‘campaneros’ mientras I.B., alias ‘El Culebrero’ ejecutaba materialmente el homicidio (...) Las dos personas aquí acusadas F.J.G. CRUZ y O.U., tienen la calidad de coautores(...) La fiscalía les imputa secuestro simple agravado descrito en el artículo 168 del C., en concordancia con el art. 170, ya que concurren las circunstancias de los numerales 8° y 10 (...) homicidio agravado.., artículo 104 numerales 2°,4°,6° y 7° (...), concierto para delinquir (...), según el artículo 340, inciso 2° y fabricación tráfico y porte de municiones y armas de fuego art. 365 (...), hurto calificado y agravado (...) artículo 239, en concordancia con los numerales 2° y 4°, incisos 2° y 4° del art. 240 y 241 numerales 2, 4 y 10.

“2. (...) El 24 de junio de 2009, ocurrió el hurto del camión Chevrolet NPR de placas XIE-682, en Funza fue hallado el cuerpo sin vida del conductor F.J.P. LOZANO (...) el vehículo fue recuperado en el sector de Bosa en Bogotá, resultando capturados los señores JULIO C.S.S. y M.A.J. (...), el occiso trabajaba en la avenida ciudad de Cali, en el sector llamado el Tintal, (...) En este caso les imputa a los acusados el delito de secuestro simple agravado descrito en el artículo 168 del C., en concordancia con el art. 170, ya que concurren las circunstancias de los numerales 8° y 10° (...) homicidio agravado, artículo 103 en concordancia con el artículo 104, numerales 2°, 4°, 6° y 7°, (...) porte ilegal de armas art. 365, (...) concierto para delinquir agravado, según el artículo 340, inciso 2° (...) hurto calificado y agravado (...) artículo 239, en concordancia con los numerales 2° y 4° incisos 2° y 4° del art. 240 y 241 numerales 2°, 4° y 10.

“3. (...) El 3 de julio de 2009, fue hurtado el camión Chevrolet NKR de placas QFZ-453, posteriormente fue hallado asesinado su conductor A.A.G.G. en jurisdicción de M., G.G., fue contratado por un hombre y una mujer en la avenida Primero de Mayo de Bogotá, para llevar unos muebles, un juego de sala hacia el sector de Fontibón. Conducta realizada a instancia de los uniformados de la Policía Nacional que eran miembros de la organización criminal, entre los que se encontraban el señor G.C. y O.U.; secuestro...

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