Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 42728 de 29 de Enero de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552663482

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 42728 de 29 de Enero de 2014

Sentido del falloINADMITE
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP257-2014
EmisorSala de Casación Penal
Fecha29 Enero 2014
Número de expediente42728
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Riohacha
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ

Magistrada ponente


AP257-2014

R.icación n° 42728

(Aprobado Acta No. 018)


Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil catorce (2014).


VISTOS


Se pronuncia la Sala sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor de MARTÍN RAFAEL ALMAZO DE LA TORRE contra la sentencia del 19 de julio de 2013, a través de la cual el Tribunal Superior de Riohacha, al revocar la absolución pronunciada por el Juzgado Primero Penal del Circuito de la misma sede el 1º de febrero de idéntico año, condenó al procesado a la pena principal de 9 años y 3 meses, así como a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, como autor del delito de fabricación, tráfico y porte de arma de fuego o municiones.


HECHOS


La situación fáctica base del proceso se viene resumiendo de la siguiente manera:


El día 31 de julio de la presente anualidad, siendo las 15:10 de la mañana, en la calle 62 con carrera 7F, al lado de la tienda de razón social “Los tres Hermanos”, fue capturado el señor M.R.A. DE LA TORRE, quien se encontraba en alto estado de excitación y alicoramiento con un arma de fuego en sus manos y haciendo disparos al aire y al solicitarle que soltara la misma, emprendió la huida hacia la parte trasera de su residencia, arrojando el arma de fuego en el patio de la misma. El arma de fuego en mención es un revólver marca smith wesson (sic), color niquelado accesorio cachas en pasta color blanco, calibre 38 largo y poseía 6 cartuchos percutidos para el mismo en sus alvéolos. Al preguntarle por los documentos del arma para el porte y tenencia, manifestó que no los tenía. Se le leyeron los derechos del capturado…”.


ACTUACIÓN PROCESAL


1. El 1º de agosto de 2011 el Juzgado Primero Penal Municipal con funciones de control de garantías de Bogotá realizó audiencia preliminar, en cuyo desarrollo avaló la legalidad de la captura. En la misma diligencia, la Fiscalía formuló imputación a MARTÍN RAFAEL ALMAZO DE LA TORRE por el delito de fabricación, tráfico o porte de arma de fuego de defensa personal. Acto seguido, el juez le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva.


2. El 30 de septiembre siguiente el ente investigador presentó escrito de acusación contra ALMAZO DE LA TORRE por el punible en mención.


3. El 4 de noviembre postrero el Juzgado de conocimiento celebró la respectiva audiencia de formulación de acusación.


4. La audiencia preparatoria se llevó a cabo el 24 de enero de 2012, mientras el juicio oral se celebró entre el 17 de febrero siguiente y el 5º de octubre del mismo año, a cuyo término el juez anunció el sentido del fallo, precisando que sería de carácter absolutorio.


5. El fallo anunciado se profirió el 1º de febrero de 2013. Contra el mismo la Fiscalía interpuso recurso de apelación, por cuya vía el Tribunal Superior de esta ciudad lo revocó para, en su lugar, condenar al acusado.


9. Atendido el sentido de la decisión de segunda instancia, el defensor del procesado acudió al recurso extraordinario de casación.


LA DEMANDA


El impugnante formula dos cargos contra la sentencia de segunda instancia, ambos al amparo de la causal tercera de casación de la Ley 906 de 2004, esto es, violación indirecta de la ley sustancial.


En el primer cargo acusa al Tribunal de incurrir en errores de hecho por falso juicio de existencia y falso...

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