Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 65960 de 24 de Septiembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552665066

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 65960 de 24 de Septiembre de 2014

Sentido del falloDECLARA MAL DENEGADO RECURSO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cali
Número de expediente65960
Número de sentenciaAL5986-2014
Fecha24 Septiembre 2014
Tipo de procesoRECURSO DE QUEJA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada ponente


AL5986-2014

Radicación n.° 65960

Acta 34



Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil catorce (2014).



Resuelve la Corte el recurso de queja presentando por F.M.U.D.N., contra el auto de fecha 18 de febrero de 2014, dictado por la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual se le negó el recurso extraordinario de casación propuesto contra la sentencia del 13 de diciembre de 2013, proferida dentro del proceso ordinario que le sigue el recurrente a COLPENSIONES y el MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI.



ANTECEDENTES


FULVIA MARÍA URIBE DE NOREÑA instauró proceso ordinario laboral contra COLPENSIONES y el MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, con el fin de que se declarara que prestó personalmente y de manera continua sus servicios en condición de trabajadora del Municipio Santiago de Cali desde el 15 de septiembre de 1988 hasta el 30 de junio de 2001; que el Municipio Santiago de Cali, se encuentra obligado a pagar al Fondo de Pensiones del Seguro Social, seccional del Valle del Cauca, los aportes durante todo el tiempo que estuvo vigente la vinculación laboral de la actora con dicha entidad territorial y la mora que se derive de ellos. Así mismo, declarar que el I.S.S., se encuentra obligado a adelantar las acciones de cobro contra el Municipio por su incumplimiento de pagar oportunamente los aportes del actor. Ordenar al Instituto de Seguros Sociales, seccional Valle del Cauca la reliquidación de la mesada pensional; al reconocimiento y pago del ajuste por reliquidación de la mesada pensional mensual desde el día de su reconocimiento hasta el día que se haga efectivo el pago con sus correspondientes intereses de mora, y las costas del proceso.


Concluido el trámite de primera instancia, el Juzgado Décimo Laboral de Descongestión del Circuito de Cali, mediante sentencia de 31 de enero de 2013, absolvió a las demandadas de todas las pretensiones incoadas por la actora.

Como no se interpuso recurso de apelación y el fallo fue totalmente adverso a los intereses del demandante el Tribunal Superior de Cali, mediante fallo del 12 de diciembre de 2013, surtió el grado jurisdiccional de consulta, y resolvió:


REVOCA la sentencia proferida dentro del proceso promovido por FULVIA URIBE DE NOREÑA contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES hoy COLPESIONES para en su lugar condenar al accionado a reconocerle a la actora la suma de $10.341.489.00 por concepto de diferencias pensionales causadas entre el 1º de mayo de 2003 y el 30 de noviembre de 2013. El valor de la mesada a cancelar a partir del 1º de diciembre es de $932.084 M/cte.

Se mantiene la absolución al Municipio de Cali.

Sin COSTAS en esta instancia.


Inconforme con la sentencia que se pretende impugnar en casación, la parte demandante interpuso, dentro del término de ley, el recurso extraordinario que le fue negado, mediante proveído calendado 18 de febrero de 2014...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR