Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-03-032-2009-00299-01 de 30 de Septiembre de 2014
Sentido del fallo | ADMITE DEMANDA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Número de sentencia | AC5966-2014 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Fecha | 30 Septiembre 2014 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Número de expediente | 11001-31-03-032-2009-00299-01 |
Materia | Derecho Civil |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC5966-2014 Radicación n° 11001-31-03-032-2009-00299-01
Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil catorce (2014).
Pese a que respecto de la demandada INTERBOLSA S.A. EN PROCESO DE REORGANIZACIÓN se declaró desierto el recurso de casación que interpuso contra la sentencia proferida el 31 de julio de 2012 por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil (auto del 21 de julio del año en curso, fls. 102 y 103 precedentes), NO SE ACCEDE a la solicitud elevada por la parte actora en el escrito que milita a folios 111 y 112 de este mismo cuaderno, puesto que la suspensión de los efectos de dicho fallo se decretó también en favor de INTERBOLSA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA EN LIQUIDACIÓN y, por ende, su actuación, según el mandato del artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, sigue beneficiando a aquélla otra convocada.
Se admite la demanda presentada para sustentar la referida impugnación extraordinaria que INTERBOLSA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA EN LIQUIDACIÓN planteó frente al señalado proveído de segunda instancia, dictado en el presente proceso que en contra suya y de INTERBOLSA S.A. EN PROCESO DE REORGANIZACIÓN adelantó la sociedad INVESTMARK S.A.
En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo, por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4º del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, a la citada actora.
Notifíquese
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado
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