Providencia nº 11001010200020140152800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 16 de Octubre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 561502330

Providencia nº 11001010200020140152800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 16 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2014
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

B.D.C., veinte (20) de noviembre de dos mil catorce (2014)

Magistrado Ponente: Dr. JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO

Radicación: Nº 110010102000201401528 00 / 2414 C

Aprobado según A. Nº 97 de la misma fecha.

ASUNTO A TRATAR

Negada la Ponencia al Magistrado A.L.R. y negado el impedimento manifestado por la H.M.J.E.G. de G., procede la Sala a dirimir el conflicto positivo de competencia suscitado entre La Fiscalía 62 Especializada - Adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y el D.I.H. y el Juzgado 18 de Instrucción Penal Militar, adscrito a la Brigada Móvil No. 4 de Granada (Meta), para el conocimiento de las diligencias adelantadas por los hechos acaecidos el 12 de diciembre de 2007, en la vereda El Danubio, jurisdicción del Municipio de Puerto Rico, Departamento del Meta, en los cuales fue dado de baja quien en vida respondía al nombre de SERVILIO ARDILA AMADO o NN alias "el burro" o NN alias "R.".

ANTECEDENTES

Los hechos que generan el proceso penal tiene su origen en el informe presentado por el soldado profesional J.C.B., orgánico de la Compañía Armenia, del Batallón Contra Guerrilla No. 40, adscrita a la Brigada Móvil No 4 del Ejército Nacional, mediante el cual señala que siendo las 14:40 horas del 12 de diciembre de 2007, en el sector de la Arrocera del área general de la Vereda El Danubio del Municipio de Puerto Rico, (Meta) en cumplimiento de la orden de operaciones "ESPLENDOR", misión táctica DIÓGENES 4, sostuvieron contacto armado con terroristas de la cuadrilla 43 "EVER CASTRO" de las ONT FARC, que se prolongó por espacio de 5 minutos, y dejó como saldo la muerte de un presunto guerrillero, hombre de aproximadamente 25 años de edad, de 1,70 mts. de estatura, reconocido posteriormente como S.A.A., alias "R." o alias "el burro". Adicionalmente se incautó un fusil M-14, marca Winchester, calibre 7.62 mm., 5 proveedores para el mismo calibre, 55 cartuchos calibre 7.62 mm, para fusil AK-47, y 4 proveedores metálicos para fusil M-14.

Agrega en el informe, que: "...a mí me correspondió salir de centinela, en el puesto ya establecido con dominio de la parte alta y el claro, estando de puesto observe tres sujetos vestidos de negro y con armas largas, tenían equipos de campaña, venían en dirección por donde yo me encontraba de centinela, al observar esa situación y porque se encontraban próximos a mí, les hice la proclama que nos identifica como tropas de la Brigada Móvil N° 4, fue cuando el sujeto que venía de puntero me disparó, yo tome posición de combate y reaccioné, el intercambio de disparos se prolongó por espacio de cinco minutos aproximados, fue cuando llegó mi C.C., el Soldado Profesional Sierra Calderón y el Soldado Profesional Tapias Caro en apoyo, terminado el cruce de disparos, mi Cabo Cetina ordenó efectuar el registro sobre el sector de los hechos y fue cuando encontré un sujeto....y por el cruce de disparos se produce la muerte de este sujeto.

La actuación penal de manera concomitante se inició tanto en la Justicia Penal Militar, como en la Fiscalía General de la Nación; en la primera de las jurisdicciones, la investigación fue asumida por el Juzgado 18 de Instrucción Penal Militar de Granada (Meta), despacho que procedió a abrir investigación preliminar mediante auto del 14 de diciembre de 2007.

Entre otras diligencias, practicó las siguientes pruebas:

- Ratificación del informe que rindió el soldado profesional J.F.C.B.. Manifestó que. "...yo me dispuse a prestar de centinela en la parte baja que tenía visibilidad del claro de la orilla del caño que cruzaba por ese lado, cuando de un momento a otro veo que se aproximan tres hombres totalmente de negro, con armas largas, yo al ver que se acercaban a mí a una distancia de 20 o 30 metros, inmediatamente les hice la proclama, les dije "Alto somos tropas de la Brigada Móvil 4", la respuesta que recibí de ellos fue un rafagazo del puntero de ellos, inmediatamente me tendí y también dispare mi arma de dotación en defensa propia en dirección a donde había escuchado los disparos porque ya no veía a los sujetos, que fue donde llegó mi Cabo Cetina, el Soldado Profesional Sierra y el Soldado Profesional Tapias y me apoyaron, el cruce de disparos duró aproximadamente 4 o 5 minutos; luego de estar un poco calmado, mi Cabo Cetina ordena hacer un registro hacía donde se escucharon los disparos, hicimos el registro y se encontró un equipo verde hechizo, seguimos avanzando y encontramos un muerto con un equipo encima de él..."

- Informes suscritos por el M.G.C.M.G., Oficina B-1 Brigada Móvil Nro. 4.

- Á. fotográfico del occiso en el sitio de los hechos.

- Declaración del C.S.J.O.C.H.. Quien manifestó: "...siendo aproximadamente las 14:40 horas escuché el grito de un soldado de los que se encontraba de seguridad, que lanzaba la proclama, seguido de esto se escuchó una ráfaga de fusil y tiros cadenciados, inmediatamente reaccionamos, yo me encontraba como a 60 metros y llegué rápidamente a donde estaba este soldado, cuando llegué al sitio observé al soldado C.B.J. que se encontraba en posición de combate, de tendido, cuando ya cesaron los disparos le pregunté al soldado C. qué había sucedido, e inmediatamente escuchamos disparos de la parte alta nuevamente, ya estaban con migo el soldado Sierra y el Soldado Tapias, con los cuales reaccioné a este ataque de los terroristas, cuando ya cesaron nuevamente los disparos el soldado C. me informó que había visto tres sujetos vestidos de negro que portaban armas largas y equipos de campaña en su espalda, que cuando él le había lanzado al proclama, el puntero de ellos le había disparado una ráfaga y que el para proteger si vida, disparó también..."

- Declaración del S.J.Q.G.. Afirmó que: "...siendo aproximadamente las 14:40 horas se escucha el grito de un soldado lanzando la proclama que nos identifica como tropas del ejército, seguidamente escuche una ráfaga de fusil e inició un cruce de disparos que duró aproximadamente 5 minutos, en ese momento se empezó a maniobrar y tomar el control de los puntos críticos, en el momento en el que se tenía el control de éstos ordené al CS. C. realizar un registro hacia el lugar donde se escucharon los disparos, al momento me informó que halló el cuerpo sin vida de un hombre de aproximadamente 25 a 30 años... "

- Declaración del Soldado Profesional ARGEMIRO SIERRA CALDERÓN. Dijo lo siguiente: "...yo escuché el intercambio de los disparos, aproximadamente a unos 80 metros, yo apoyé al que estaba de centinela, SLP: C., él fue quien reaccionó primero al ataque, porque era el centinela, a él se le trabó el fusil y cuando yo llegué se sintió más tranquilo, nos defendimos con mi arma, mientras el cargó la suya, nos apoyó otro centinela que no recuerdo el nombre, se inició la persecución mientras llegó el resto del personal que estaba en el área... el intercambio de disparos duró aproximadamente 5 minutos, luego de que cesó el ST Quintero ordenó hacer el registro, él fue con su compañía y yo fui con ellos y encontramos el cadáver de un hombre... "

- Declaración del Soldado Profesional J.L.T. CARO y del S.S.N.B.B..

El soldado T. era el encargado del mortero, el cual no fue necesario utilizar, dijo que lo alistó pero no le dieron orden de disparar, pero sin embargo utilizó el fusil, porque se le trabó el del SLP. C. y él lo apoyó disparando su fusil, gastando 6 cartuchos.

- Declaración de R.J.C. y declaración de R.A.A..

Mediante proveído de noviembre 13 de 2008, se profirió resolución inhibitoria dentro de la actuación, decisión contra la cual no se interpuso recurso alguno.

Por su parte la Fiscalía 62 Especializada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y el D.I.H., asumió la investigación preliminar y a través de funcionarios de Policía Judicial, se recaudaron como pruebas las entrevistas al cabo J.H.C.H. al soldado profesional J.F.C.B. .

Mediante resolución del 22 de agosto de 2008, se dispuso el envío por competencia de las diligencias al Juzgado de Instrucción Penal Militar, con sede en Granada (Meta), al considerar que las diligencia de inspección al cadáver estuvo a cargo del Cuerpo Técnico de Investigación en la Ciudad de Granada, M., mismo que adelantar la actividades propias al acto urgente y entre ellas las exposiciones de varios militares que participaron en el operativo, la muerte violenta del occiso de marras, se produjo en un acto de combate concluyendo en la legalidad de la operación militar, sin que existiera siquiera un leve indicio que se interpusiera a tal hipótesis.

Posteriormente, mediante oficio de fecha 28 de mayo de 2014, 5 años, 9 meses después, ese mismo despacho fiscal solicita al Juzgado 18 de Instrucción Penal Militar de Granada (Meta), se disponga el envío del proceso a esa Fiscalía, proponiendo conflicto positivo de competencias.

Lo anterior al cotejar las declaraciones del Soldado Profesional J.F.C.B., y del S.J.Q.G., únicas pruebas que se recolectaron en aquel entonces, y que en criterio del señor F. contienen algunas contradicciones, ya que "mientras el puntero afirma que, vio los tres individuos, lanzó la proclama y sostuvo combate, luego fue apoyado por el cabo CETINA y los soldados SIERRA y TAPIAS, secuencia continua, sin pausas, es decir, repelió la supuesta agresión de los "insurgentes", recibió apoyo casi de inmediato, no hubo contraataque, solo la primera contienda, situación que es disímil con la expuesta por el cabo...

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