Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2015-00067-00 de 16 de Abril de 2015
Sentido del fallo | RECHAZA EXEQUATUR |
Tribunal de Origen | Alemania |
Número de expediente | 11001-02-03-000-2015-00067-00 |
Número de sentencia | AC 1903-2015 |
Fecha | 16 Abril 2015 |
Tipo de proceso | EXEQUATUR |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Materia | Derecho Civil |
J.V.D.R.R.
Magistrado ponente
AC1903-2015
Radicación nº. 11001-02-03-000-2015-00067-00
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015)
Procede la Corte a decidir sobre la admisibilidad de la demanda instaurada por M.B.F., mediante la cual pretende obtener el exequátur para la sentencia de 13 de febrero de 2007, dictada por el Tribunal Municipal Gelnhausen –Tribunal de Familia-, República Federal de Alemania, en el proceso de divorcio del matrimonio celebrado entre la solicitante y K.S., a cuyo propósito se considera:
Por auto de 27 de marzo de 2015 (fls. 23 y 24), este Despacho inadmitió la solicitud de marras a efectos de que fueran subsanados por la demandante -so pena de rechazo- unos defectos formales.
Sin embargo, como lo informa la Secretaría de la Sala[1], vencido el término de cinco (5) días concedido en el proveído aludido, la actora no atendió los requerimientos contenidos en el mismo, lo cual impone el rechazo de la presente demanda de exequátur, conforme lo prevé el numeral 2º del artículo 695 del Código de Procedimiento Civil.
Por consiguiente, de conformidad con los artículos 85 y 695 ídem, se RECHAZA la demanda de exequátur de que se ha hecho mérito en la parte inicial de esta providencia, en cuanto no fuera subsanada.
Devuélvanse los anexos sin necesidad de desglose.
N..
J.V.D.R.R.
Magistrado
[1] Folio 26.
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