Providencia nº 11001010200020150013100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 4 de Marzo de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 568907334

Providencia nº 11001010200020150013100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 4 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2015
EmisorSala Disciplinaria

Bogotá, D.C., 04 de marzo de 2015

Aprobado según Acta No. 016 de la fecha

Magistrado Ponente: ANGELINO LIZCANO RIVERA

Radicación No. 110010102000201500131 00

Referencia:

Conflicto Negativo de Jurisdicciones.

Colisionantes:

Fiscalía 23 Seccional Delegada ante los Jueces Penales del Circuito y Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar, de Cali (Valle).

Tema:

Investigación adelantada contra miembros de la Policía Metropolitana de Cali Valle, por las lesiones personales sufridas por el ciudadano R.L.M.G..

Decisión:

Asigna competencia a la Justicia Ordinaria.

ASUNTO A TRATAR

Procede la Sala a resolver el conflicto negativo de competencia entrabado entre la Fiscalía 23 Seccional de la Unidad de Delitos contra la Vida y la Integridad Personal y el Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar, adscrito a la Policía Metropolitana de Cali Valle, por el conocimiento de las diligencias adelantadas por los hechos acaecidos el 20 de Julio de 2012, en el sector de "Paso Ancho", de la ciudad de Cali (Valle), en los cuales fue herido con arma de fuego el ciudadano R.L.M.G., en momentos en que se movilizaba en un motocicleta e hizo caso omiso a la orden de detención que le fuera impartida por miembros de la Policía Nacional, en un retén que éstos habían instalado en dicho sector.

HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES

  1. - Hechos.- fueron expuestos en el Informe de Novedad de julio 20 de 2012, entregado por el Intendente L.D.S. a la Fiscalía General de la Nación, en los siguientes términos:

"De manera atenta me permito informar a esa dependencia, la novedad ocurrida el día de hoy 20/07/2012, a las 17:30 horas aproximadamente, a la altura de la calle 13 con carrera 65A, lugar donde se encontraba instalado un puesto de control en sentido sur-norte, en el cual participaban los señores P.G.C.A., R.R.J., integrantes del CAI Móvil, (vehículo Policial identificado con la sigla NO. 27-1145), L.R.J.F., G.Q.J.O., integrantes de la Plana Mayor de la estación de policía El Caney, G.B.C.M., señorita P.P.A.H.M., integrantes de la Policía Comunitaria, y el suscrito, de igual forma integrante de la plana mayor de la estación de Policía El Caney, a la ves encargado del puesto de control en mención.

HECHOS

Siendo aproximadamente las 17:30 horas del día de hoy 20/07/2012, momentos en los cuales el personal antes descrito nos encontrábamos realizando un puesto de control a la altura de la calle 13 con carrera 65ª, ordenado por el señor M.J.H. DE LA CRUZ DÍAZ Comandante (E) del distrito No. 03 de Policía, observamos a un motociclista que se desplazaba a alta velocidad a la altura de la calle 13 con carrera 66, sentido sur-norte, en la misma dirección que se encontraba ubicado el puesto de control, al aproximarse la motocicleta con su conductor a bordo al lugar del puesto de control las unidades policiales nos percatamos que se trataba de una motocicleta RX 115, color azul conducida por una persona joven de sexo masculino a quien se le hace la señal de pare por el primer grupo de policías, para que se detuviera y poder lograr su identificación, frente a lo cual el motociclista hace caso omiso, arremetiendo e intentando atropellar a los policiales con la motocicleta, al pasar el motociclista al segundo grupo de policiales ubicados dentro del puesto de control envistiéndolos de la misma forma como lo hace con el primer grupo de policías, posteriormente el motociclista conduciendo su motocicleta pasa al último extremo del puesto de control, donde se encuentra el señor P.G.Q.J.O., quien se encontraba de seguridad del puesto de control, quien con su cuerpo reduce un poco más la vía vehicular, desenfunda su arma de fuego de dotación oficial como medida disuasiva y preventiva, para tratar de detener al motociclista, es entonces cuando el señor patrullero G., choca con el manubrio derecho de la dirección de la motocicleta y es en ese momento cuando yo escucho una detonación de arma de fuego y doy la voz preventiva fuertemente de que nadie dispare (alto al fuego), más adelante se detiene la motocicleta con su conductor a bordo y este grita que está herido, es entonces cuando el señor P.G.Q. corre hacia el lugar donde se encuentra la persona herida, al igual el suscrito para auxiliarlo. De inmediato solicito al señor comandante de Estación encargado para que nos suministre un vehículo para el transporte de la víctima a un centro asistencial, pero mejor tomamos la decisión entre mis compañeros y yo de parar un taxi y trasladarlo al centro médico más cercano como fue a la clínica Sura, ubicada en la calle 13 con carrera 50. Es de resaltar que el señor P.G.Q. fue el primer policía en sujetar a la víctima y subirla al vehículo taxi y acompañarla hasta la clínica sura, apoyado por la patrulla del cuadrante quien nos apoyó en el cierre de las vías públicas (calles) para llegar más rápido al destino". (Sic a lo transcrito).

  1. - Antecedentes Procesales.- del examen de la foliatura arrimada, se extraen los siguientes:

2.1. Actuaciones de la Fiscalía General de la Nación.

2.1.1. La noticia criminal se recibió por la Fiscalía 69 de la Unidad de Reacción Inmediata Centro, de la ciudad de Cali, el día 20 de julio de 2012, dependencia que adelantó las primeras diligencias y elaboró el Informe Ejecutivo correspondiente.

2.1.2. La actuación penal se inició en la Fiscalía 23 seccional de Cali (Valle) adscrita a la Unidad de Delitos contra la Vida y la Integridad Personal de esa ciudad, Despacho que llevó a cabo las pesquisas preliminares con apoyo de funcionarios de la Policía Judicial del cuerpo Técnico de Investigaciones de esa Seccional.

2.1.3. Obra el Informe Técnico Relación Médico Legal de 21 de julio de 2012, en el que se registra el diagnóstico de la víctima, como "...cuello y tórax: orificio de entrada: 9-10 espacio Intercostal con línea medio escapular derecha, se palpa hematoma. Orificio de salida: 4 espacio intercostal anterior derecho. (...)... paciente con toracostomía con drenaje cerrado por herida por proyectil de arma de fuego, se encuentra estable hemodinámicamente, sin manifestaciones inflamatorias sistémicas...MECANISMO CAUSAL; Proyectil Arma de Fuego, incapacidad médico legal: PROVISIONAL, VEINTICINCO (25) días a partir de la fecha de las lesiones."

2.1.4. Se observa la entrevista recibida por la Policía Judicial al señor R.L.M.G., el 21 de julio de 2012 en las instalaciones del Hospital San Juan de Dios, en la que relató:

"...ayer estábamos con unos amigos del trabajo en el sector la buiterra, éramos aproximadamente 10 personas, todos nos desplazábamos en moto, la ruta que cogimos para ir hacia el barrio, fue por la sta, pasamos luego por el centro comercial Unicentro, av. S.B., seguimos en sentido sur-norte, cuando íbamos pasando sobre la avenida paso ancho con 66 más o menos, en ese lugar hay un semáforo, paré y cuando el semáforo se puso en verde, arranqué la moto íba como a 40 km por hora, yo ví el retén pero no paré, cuando observo a 3 policías que se me lanzaron a pararme de una forma agresiva, me decían pare-pare, seguí y cuando de pronto observé a un policía apuntándome con el arma, y me detuve cerca al cai móvil y en ese momento sentí un disparo por la espalda, caí al piso, mis compañeros se bajaron a auxiliarme, yo estaba tirado en el piso, en ese momento los policías me requisaron, y cuando me vieron herido se asustaron y me auxiliaron inmediatamente me subieron a un taxi el policía que me disparó fue el que me llevó hasta la clínica Sura. Preguntado. En qué posición con respecto al grupo de compañeros con el cual se desplazaba, usted iba? Responde: yo íba en primer lugar, porque era el único que íba en la moto, los demás íban con parrillero. Pregunta: porqué usted no se detuvo cuando observó al personal de policías? Responde: porque los policías por cualquier papel que uno no tiene al día, le quitan la moto, y como yo no tenía el certificado de la revisión técnico mecánica al día, me asusté al pensar que me la quitarían, por esa razón traté de evadir el retén. (...)" (Sic a lo transcrito).

2.1.5. Se entrevistó al señor Á.J.S.M., quien relató:

Veníamos de la buitrera de un paseo con unos amigos, veníamos todos en grupo, nos movilizábamos en motocicletas, éramos aproximadamente 10 personas cuando veníamos allí mi amigo R. fue el primero que arrancó, nosotros íbamos atrás cuando vimos un retén de la policía mi compañero siguió y los policías se lanzaron y uno de ellos le disparó por la espalda, R. cayó herido. Los policías decían que él llevaba algo, lo requisaron y mi amigo les decía que no había parado porque no tenía el certificado de revisión técnico mecánica de la moto al día.

2.1.6. Informes de Investigador de laboratorio e inventario, sobre la motocicleta en que se desplazaba la víctima, M.G..

2.1.7. Informe de Investigador de Laboratorio, sobre el arma de fuego, pistola calibre 9 mm, con la que se ocasionó la herida.

2.1.8. En ese estado, las diligencias fueron remitidas por el Fiscal Seccional 102 del Centro de Servicios Judiciales, centro de la ciudad de Cali, a la Unidad de delitos contra la vida e integridad personal de Cali, a través de la Oficina de Asignaciones, correspondiendo...

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