Providencia nº 11001010200020150037100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 13 de Agosto de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 583577562

Providencia nº 11001010200020150037100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 13 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2015
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

B.D.C., trece (13) de agosto de dos mil quince (2015)

Magistrado Ponente: Dr. R.A.G. ADARVE (E)

Radicación: No. 110010102000201500371 00 / 3158 F

Aprobado según Acta N° 67 de la fecha

ASUNTO

Se procede a evaluar el mérito de la queja formulada por el señor J.A.P.E., en contra de funcionarios pertenecientes a la "Fiscalía del Atlántico, Fiscalía Delegada ante el Tribunal del Atlántico y Tribunal del Atlántico".

ANTECEDENTES

El señor J.A.P.E., presentó escrito de queja ante el Ministerio de Justicia el 9 de diciembre de 2014, entidad que remitió por competencia el asunto a esta Superioridad con radicado No. EXSD14 24630.

En el citado escrito el quejoso señaló entre otras cosas lo siguiente:

"La presente denuncia teniendo en cuenta lo expresado en el paginado anexo, donde también se pone en conocimiento se le de traslado al MINISTRO DE JUSTICIA, dado la gravedad de lo denunciado y la calidad de cuestionados, donde se ha provenido como se ha prostituido nuestra llamada justicia, donde ya no se puede contar ni siquiera con el CONSEJO DE LA JUDICATURA, menos en las FISCALÍAS lo que no estaría bien que estado les tolere las peticiones fiscales, de los mencionados accensos dado a lo prostituida que esta, que se podría comparar con SODOMA Y GOMORRA, ciudades de ayer que fueron destruidas con candela.

El suscrito como denunciante y abajo firmante, a su digno despacho vengo teniendo en cuenta lo ya indicado en la referencia como también lo expresado en el paginado anexo dado a los diferentes cuestionamientos, entre ellos los de la Fiscalía del Atlántico incluyendo a la Fiscalía Delegada ante el Tribunal, donde ya no permiten nisiquiera el cambio de radicados, o variación de radicado, dado a la no transparencia fiscal en el Atlántico, como así podrá analizar el contenido anexo, de folios 37 al 43 ante lo sucedido con esta fiscalías defraudándome de esa manera, todo ello por cuestionarse también a funcionarios, es decir como si el llamado colegismo, favoritismo, conveniencia y reverencia ya fuera la transparencia, y como gozan estos magistrados de una inmunidad fiscal hasta en la fiscalía delegada ante la corte como lo pueden confirmar lo actuado 53, se entiende que ya con esta clase de leña nadie puede cocinar, pura impunidad, no obstante ante todo ello téngase en cuenta lo expresado en el paginado anexo y lo peticionado, donde podrán confirmar también no haber la más mínima transparencia en el Tribual del Atlántico..." (Sic a lo transcrito)

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Es competente esta Corporación para conocer en única instancia de los procesos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR