Concepto nº 220-156722, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Noviembre de 2015 - Normativa - VLEX 590276415

Concepto nº 220-156722, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Noviembre de 2015

OFICIO 220-156722 DEL 23 DE NOVIEMBRE DE 2015

REF.: SOCIEDADES OPERADORAS DE LIBRANZA.

Me refiero a su escrito trasladado por conducto de Superintendencia Financiera de Colombia, en el que pregunta si es viable la constitución de una sociedad por acciones simplificada cuyo objeto sea la actividad de operación de libranza de en los términos de proyecto de estatutos anexo, al tiempo que solicita se le indique cuáles son los parámetros que debe cumplir para su ejecución, cuál es el procedimiento a seguir, las implicaciones para la ‘operacionalidad’ (sic) y, por último, si el capital autorizado, suscrito y pagado tiene relación con el monto de las operaciones.

Como ya le fue advertido en el Oficio 548-141169 del pasado 20 de octubre, el derecho de petición en la modalidad de consulta no está dirigido a resolver situaciones concretas, menos a pronunciarse sobre la legalidad de actos o contratos que los peticionarios pretendan celebrar, pues sus respuestas en esta instancia solo tienen por objeto dar a conocer un concepto u opinión general de la Superintendencia sobre las materias a su cargo, por lo cual no tienen carácter vinculante ni comprometen la responsabilidad de la Entidad.

Para ese propósito, los interesados por si o a través de apoderado, habrán de tramitar sus solicitudes a través de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control.

Hecha la anterior aclaración cabe señalar que en virtud de la Ley 1527 de 2012, se establece el marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones, en las que se encuentran los lineamientos tanto para la constitución como el funcionamiento de las sociedades que estén constituidas como sociedades comerciales, que no estén bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia o de la Superintendencia de Economía Solidaria y que otorguen créditos con recursos propios o a través de mecanismos de financiamiento autorizados por la ley.

A ese respecto es importante remitirse a la Circular Básica Jurídica Externa 100-000003 del 22 de julio de 2015, modificada por la número 100-000005 del 4 de septiembre de 2015, que compila las principales instrucciones que ha emitido la Superintendencia en materia legal , en la que se encuentra la regulación que ha proferido esta Entidad sobre estos entes, particularmente al Cápitulo IX, Num 3. Literal E, a cuyo tenor se tiene:

“ E.Sujeto de Supervisión. Son Sujetos de Supervisión de la Superintendencia de Sociedades las Entidades...

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