Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 70586 de 7 de Octubre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592918354

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 70586 de 7 de Octubre de 2015

Sentido del falloINADMITE RECURSO DE CASACIÓN
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Buga
Fecha07 Octubre 2015
Número de sentenciaAL5914-2015
Número de expediente70586
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

Magistrado ponente


AL5914-2015

Radicación n.° 70586

Acta 35


Bogotá, D. C., siete (7) de octubre de dos mil quince (2015).


Decide la Sala sobre la procedencia del recurso de casación interpuesto por MARÍA INES RIASCOS RIASCOS contra la sentencia de 1 de diciembre de 2015, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, en el proceso que la recurrente promovió contra S.R.M. y la ALCALDÍA DISTRITAL DE BUENAVENTURA.


ANTECEDENTES


María Inés Riascos Riascos demandó a Sirley Riascos Murillo y a la Alcaldía Distrital de Buenaventura con el fin de que se declarara la existencia de un contrato por el periodo comprendido entre el 9 de agosto de 2004 y el 7 de junio de 2008, del cual fue solidariamente responsable la última de las nombradas. Como consecuencia de ello, pretendió el pago de $808.000,00 por indemnización de que trata el artículo 64 del C.S. del T y de la S.S, $1.212.000,00 por cesantías de 1 de enero de 2007 a 7 de junio de 2008, $1.212.000,00 por primas de 1 de enero de 2007 a 7 de junio de 2008, $606.000,00 por vacaciones causadas entre el 1 de enero de 2007 y el 7 de junio de 2008, $145.440,00 por intereses a las cesantías por el mismo lapso, $2.500.000 por dotación de vestido y calzado de labor, $30.003.729 por indemnización moratoria y $33.127.995,00 por indemnización ante el no pago de cesantías.


El Juzgado Laboral de Descongestión del Circuito de Buenaventura, en sentencia de 21 de febrero de 2014, declaró probada de oficio la excepción de inexistencia de la obligación por dotaciones de vestido y calzado de labor. Así mismo, declaró que entre la demandante y los señores Andrés Mosquera Grueso y S.R.M. existió un contrato de trabajo a término fijo, por haberse probado la sustitución de empleadores.


Condenó, de forma solidaria, a A.M.G., Sirley Riascos Murillo y al Distrito de Buenaventura a pagar a la convocante del juicio las siguientes sumas: a) 1.165.430,56 por cesantías causadas desde el 1 de enero de 2007 hasta el 7 de junio de 2008; b) $115.896,87 por intereses a las cesantías causadas desde el 1 de enero de 2007 hasta el 7 de junio de 2008; c) $1.165.430.56 por concepto de prima de servicios desde el 1 de enero de 2007 hasta el 7 de junio de 2008; d) $545.722.22 por...

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