Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46232 de 8 de Julio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592921046

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46232 de 8 de Julio de 2015

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Número de sentenciaAP3804-2015
Fecha08 Julio 2015
Número de expediente46232
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito de Montería
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
República de Colombia


Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado ponente


AP3804-2015

Radicación n° 46232

(Aprobado Acta No. 232)


Bogotá, D.C., ocho (8) de julio de dos mil quince (2015).


ASUNTO



La Corte define la competencia para conocer del juicio adelantado contra Víctor Alfonso Ruiz Varela, J.D.O.E. y L. de Jesús Lavalle Arrieta por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio y porte ilegal de armas, en atención a lo expresado por los Juzgados Penal del Circuito Especializado de Montería, Promiscuo del Circuito de Planeta Rica y Décimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá proyecto O.I.T., que se rehúsan a asumir el conocimiento del asunto.


ANTECEDENTES


Según se desprende del escrito de acusación, los hechos que dieron origen a la actuación se refieren al homicidio de tres ciudadanos, específicamente de la vendedora de minutos a celular Edilsen Mercado Roqueme ocurrido el 4 de diciembre de 2010 en el caserío de Palma Soriano del municipio de Planeta Rica; del profesor y sindicalista M.E.T.R., acaecido el 10 de enero de 2011 en la misma población; y del mecánico R.V.S., perpetrado el 18 de enero de 2011 en la troncal de occidente de Planeta Rica.


Por los anteriores acontecimientos, la Fiscalía General de la Nación en el curso de la audiencia celebrada el 21 de marzo de 2013 en el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, formuló acusación en contra de Víctor Alfonso Ruiz Varela, J.D.O.E. y L. de Jesús Lavalle Arrieta por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado en concurso homogéneo y porte ilegal de armas, también en concurso homogéneo.


Posteriormente, por medio de resolución número 003 del 6 de marzo de 2015, la titular del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, en cumplimiento de lo dispuesto en los acuerdos PSAA07-4082 de 2007, PSAA08-4959 de 2008 y PSAA14-10178 de 2014, decidió remitir cuatro actuaciones diferentes al Juzgado Penal del Circuito Especializado adscrito al programa O.I.T., entre ellas la adelantada contra Víctor Alfonso Ruiz Varela, J.D.O.E. y L. de Jesús Lavalle Arrieta.

A su vez, el Juzgado Décimo Penal del Circuito Especializado O.I.T., mediante auto del 16 de febrero de 2015, avocó el conocimiento del asunto únicamente en cuanto se relaciona con el homicidio perpetrado contra el profesor y sindicalista M.E.T.R., y los delitos de concierto para delinquir agravado y porte ilegal de armas relacionados con tales acontecimientos.


De otra parte, dispuso la ruptura de la unidad procesal y ordenó remitir las correspondientes copias al Juzgado Promiscuo del Circuito de Planeta Rica, en orden a que continuara la actuación en cuanto se relaciona con los cargos que por homicidio agravado fueron formulados en contra de los acusados por la muerte de la vendedora de minutos a celular Edilsen Mercado Roqueme y del mecánico Roger Vergara Sotelo, y por el delito de porte ilegal de armas.


Expresó que de no ser compartidos sus argumentos, proponía colisión negativa de competencias.


El Juzgado Promiscuo del Circuito de Planeta Rica, mediante pronunciamiento del 19 de mayo del año en curso, se abstuvo de asumir el conocimiento del asunto por considerar que el delito de concierto...

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