Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45392 de 30 de Septiembre de 2015
Sentido del fallo | NO REPONE |
Número de sentencia | AP5714-2015 |
Número de expediente | 45392 |
Fecha | 30 Septiembre 2015 |
Tribunal de Origen | España |
Tipo de proceso | EXTRADICIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado Ponente
AP5714-2015
R.icación N°. 45392
(Aprobado Acta N°. 350)
Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil quince (2015).
I. MOTIVO DE LA DECISIÓN
La Corte resuelve el recurso de reposición interpuesto por el representante judicial del requerido en extradición Carlos Andrés R.A. contra la decisión AP-4714 del 19 de agosto de 2015, mediante la cual se negó la práctica de pruebas.
II. ANTECEDENTES
2.1. Mediante Nota Verbal Nº. 625/2014 del 17 de diciembre de 20141, la Embajada de España solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Andrés R.A., petición que se formalizó con la comunicación diplomática Nº. 040/2015 del 23 de enero del año posterior2.
2.2. Lo anterior, con fundamento en el Auto de fecha 14 de octubre de 2014, proferido por la Audiencia Provincial de Barcelona Sección Segunda, dentro del sumario n° 40/2011 del Juzgado 4 Hospitalet de Llobregat, mediante el cual decretó la prisión provisional del aquí requerido3 por el delito de agresión sexual.
2.3. La Fiscalía General de la Nación, mediante resolución del 23 de diciembre de 2014, profirió la captura con fines de extradición de R.A.4, la cual es notificada el 17 de enero de la presente anualidad, en las instalaciones del Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario (EPMSC) La Ternera de la ciudad de Cartagena, siendo las 7:20 horas5.
2.4. El Ministerio de Justicia y del Derecho, previo concepto de su homólogo de Relaciones Exteriores, informó que los tratados aplicables al presente caso son: «Convención de Extradición de Reos», suscrita entre Colombia y el Reino de España, en Bogotá el 23 de julio de 1892, y el «Protocolo Modificatorio de la Convención de Extradición», adoptado en Madrid el 16 de marzo de 1999, y remitió a la Corte la documentación que la soporta, a través del oficio OFI15-0003233-OAI-1100 de fecha 16 de febrero del año en curso6.
2.5. El 9 de marzo siguiente, la Sala ordenó informar a Carlos Andrés R.A. su derecho a nombrar un abogado que lo asistiera en el trámite ante esta Corporación7. No obstante, como guardó silencio, el 25 posterior se posesionó el defensor público8.
2.6. Seguidamente, una vez resuelto lo concerniente a la defensa del pedido, el 15 de abril...
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Concepto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45392 de 27 de Enero de 2016
...el defensor público interpuso recurso de reposición contra la mencionada decisión y el 30 de septiembre de ese año, mediante auto AP5714-2015 se resolvió no reponer la misma. En consecuencia, ordenó notificar a los intervinientes para que allegaran sus estudios previos al concepto de fondo1......