Circular 037 de Superintendencia Financiera, de 16 de Septiembre de 2016 - Normativa - VLEX 652134317

Circular 037 de Superintendencia Financiera, de 16 de Septiembre de 2016

CIRCULAR EXTERNA 037 DE 2016

( Septiembre 16 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES Y NEGOCIOS SUJETOS A INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.

Referencia: Por medio de la cual se modifica la instrucción tercera de la Circular Externa 038 de 2015 en relación con las instrucciones de transmisión de los estados financieros preparados bajo las nuevas normas contables y de información financiera.

Apreciados señores:

La Ley 1314 de 2009 reguló los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, la cual fue reglamentada mediante el Decreto 2420 de 2015 o Decreto Único de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y la Resolución 743 de 2013 de la Contaduría General de la Nación - CGN y sus modificatorias. Esta reglamentación estableció los nuevos marcos técnicos normativos para todos los preparadores de información financiera.

A partir de la vigencia de los nuevos marcos contables que previó la Ley 1314 de 2009, la SFC expidió la Circular 038 de 2015, modificada por las Circulares Externas 008 y 017 de 2016, con la cual estableció las instrucciones para la transmisión de la información financiera intermedia y de cierre de ejercicio de las entidades y negocios sujetos a inspección, vigilancia y control.

Por lo anterior, esta Entidad en ejercicio de sus facultades, en especial las establecidas en el literal a) numeral 3 del artículo 326, numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las señaladas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Modificar la instrucción Tercera de la Circular Externa 038 de 2015 modificada por las Circulares Externas 008 y 017 de 2016, la cual quedará así:

“TERCERA.- Instrucciones para la transmisión de los estados financieros bajo NIIF.

  1. Las entidades y negocios sujetos a inspección, vigilancia y control deberán transmitir a esta Superintendencia y al Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), los Estados Financieros Intermedios Trimestrales y de Cierre o Fin de Ejercicio preparados bajo NIIF (individuales o separados y consolidados) y sus notas, atendiendo las instrucciones establecidas en la presente circular y en los numerales 2.1, 2.2 y 2.3 del Anexo I Capítulo I Título V Parte 3 de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa...

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