Sentencia nº 11001-03-26-000-2016-00012-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 8 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 656501137

Sentencia nº 11001-03-26-000-2016-00012-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 8 de Noviembre de 2016

Fecha08 Noviembre 2016
EmisorSECCIÓN TERCERA
Tipo de documentoSentencia

SOLICITUD DE EXTENSION DE JURISPRUDENCIA - Falta de competencia de la Sección Tercera / FALTA DE COMPETENCIA DE LA SECCION TERCERA DEL CONSEJO DE ESTADO PARA RESOLVER SOLICITUD DE EXTENSION DE JURISPRUDENCIA - Por la naturaleza del asunto / COMPETENCIA DE LA SECCION SEGUNDA PARA RESOLVER SOLICITUD DE EXTENSION DE JURISPRUDENCIA

[M]ediante el Acuerdo n. º55 del 5 de agosto de 2003, la Sala Plena del Consejo de Estado redistribuyó los asuntos que conoce cada Sección de esta Corporación. En dicho Acuerdo, se estipuló que la Sección Tercera conoce de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que versen sobre asuntos agrarios, contractuales, mineros y petroleros. Asimismo, el mencionado Acuerdo le asignó a la Sección Segunda el conocimiento de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que versen sobre asuntos de carácter laboral no provenientes de un contrato de trabajo. Así las cosas, comoquiera que el despacho no está facultado para avocar conocimiento del asunto objeto de discusión, se ordenará la remisión del proceso por competencia a la Sección Segunda de esta Corporación para que se efectúe su reparto entre los magistrados de la misma.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

SUBSECCION B

Consejero ponente: RAMIRO PAZOS GUERRERO

Bogotá, D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número: 11001-03-26-000-2016-00012-00(56298)

Actor: M.A.M.

Demandado: NACION - MINISTERIO DE DEFENSA

Referencia: EXTENSION JURISPRUDENCIAL

Procede el despacho a pronunciarse sobre la viabilidad de tramitar la solicitud de extensión de jurisprudencia presentada a través de apoderado por la señora M.A.M. (fol.1 - 21 c. ppal.), de conformidad con lo previsto en el artículo 269 del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ANTECEDENTES
  1. En el presente asunto, la parte actora presentó solicitud de unificación y extensión jurisprudencial de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 102, 269, 270 y 271 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (fol. 1-21 c. ppal.).

  2. Como fundamentos de la solicitud, la parte actora expuso los hechos que se resumen a continuación:

  3. El soldado conscripto G.H.M. prestó servicio militar obligatorio del 21 de agosto de 1993 hasta el 7 de junio de 1995, fecha en la que falleció en “simple actividad” según reporte del Ejército Nacional.

  4. El 29 de julio de 1995, la señora M.A.M. madre del soldado conscripto G.H.M., inició reclamación de prestaciones económicas ante el Ministerio de Defensa sin obtener respuesta por parte de la entidad.

  5. El 5 de noviembre de 1995, el Ministerio de Defensa mediante resolución reconoció a la señora M.A.M. el 50% de una indemnización (pago de seguro de vida) por la muerte de su hijo.

  6. Aseveró la parte actora que el 13 de marzo de 1996, el Ministerio de Defensa comenzó a evadir el pago de la pensión de la señora M.A.M., aduciendo que no era la beneficiaria de la pensión de sobrevivencia.

  7. La señora M.A.M. durante 1995 a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR