Auto nº 81001-23-31-000-2009-00049-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 10 de Agosto de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 658123177

Auto nº 81001-23-31-000-2009-00049-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 10 de Agosto de 2016

PonenteCARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2016
EmisorSECCIÓN TERCERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejero Ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

Bogotá D.C., diez (10) de agosto de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número: 81001-23-31-000-2009-00049-0 1 (41401) A

Actor: L.V.R. Y OTROS

Demandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Referencia ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA

Decide la Sala sobre la solicitud de aclaración y/o corrección de la sentencia del 3 de marzo de 2011, proferida por el Tribunal Administrativo de Arauca.

ANTECEDENTES

1. Mediante sentencia del 3 de marzo de 2011, el Tribunal Administrativo de Arauca declaró la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación, por la privación injusta de la libertad de que fue víctima L.V.R., y la condenó al pago de los perjuicios morales y materiales en la modalidad de lucro cesante, así como al pago del daño a la vida de relación.

2. El 12 de mayo del presente año se resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General de la Nación y se modificó la sentencia de primera instancia, únicamente para actualizar la suma reconocida a la víctima directa por concepto de perjuicios materiales -lucro cesante-, pues en lo demás se confirmó.

3. El 27 de junio de 2016, el apoderado de la parte demandante solicitó la “adición y/o corrección” del ordinal segundo de la parte resolutiva de la sentencia de primera instancia, con el fin de que se corrijan los siguientes nombres (se transcribe como obra en la solicitud):

- P.A.V., en calidad de padre, faltándole el segundo apellido, siendo lo correcto P.A.V. TOLOSA, conforme al poder obrante a folio 3.

- L.S. y L. VELANDIAR.en calidad de hijos y, lo correcto corresponde a L.S.V.S. y L.A.V.S., conforme al poder obrante a folio 1.

“- E.F. y B.S.A.A. USUGA, en calidad de hijos de crianza y, lo correcto sería eliminar el último apellido, quedando EDUAR FERNEY y B.S.A.A., conforme al poder obrante a folio 2”.

CONSIDERACIONES

1. Las figuras procesales contenidas en los artículos 309 a 311 del C. de P.C. (aclaración, corrección y adición) son herramientas dispuestas por el ordenamiento jurídico para que, de oficio o a petición de parte, se corrijan por el juez las dudas, errores u omisiones en que se pueda haber incurrido al proferir una determinada decisión judicial o se constate la falta de estudio o de resolución sobre uno de los extremos de la litis o de cualquier aspecto que debía ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR