Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122030002016-02250-01 de 18 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663859069

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100122030002016-02250-01 de 18 de Noviembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Bogotá
Fecha18 Noviembre 2016
Número de sentenciaSTC16277-2016
Número de expedienteT 1100122030002016-02250-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado Ponente


STC16277-2016

Radicación nº 11001-22-03-000-2016-02250-01

(Aprobado en sesión de dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis)


Bogotá D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).


Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, en la acción de tutela promovida por el Centro de Investigaciones Oncológicas Cío. SAS contra el Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cundinamarca, Oficina de Archivo Central y Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá.



I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


La Empresa accionante solicitó el amparo de su derecho fundamental de petición, que considera vulnerado por las autoridades accionadas, porque no ofrecieron respuesta a las solicitudes de desarchivo que formuló.


En consecuencia, pretende que se ordene «el desarchivo y remisión del proceso Ejecutivo Singular No. 11001400303220020148700 de MEPRONI LTDA contra CENTRO DE INVESTIGACIONES ONCOLOGICAS CIO LTDA., que terminó por pago de la obligación.


Que en virtud de lo anterior se ordene a CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BOGOTÁ – CUNDINAMARCA, OFICINA DE ARCHIVO GENERAL y JUZGADO 32 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ resolver de manera inmediata y en todo su contenido, la petición que le he enviado de desarchivo y entrega de los oficios de desembargo librados dentro del proceso por pago total de la obligación.» [Folio 11, c.1]


B. Los hechos


1. Relata la empresa accionante que en el mes de diciembre de 2013 radicó derecho de petición ante el Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá y la Oficina de Archivo Central para que se realizara el desarchivo del proceso con radicado No. 2002-1487, adelantado por la Sociedad MERPRONI LTDA. contra la actora


2. Que el 18 de julio y 19 de agosto de 2016 reiteró su solicitud de desarchivo sin recibir respuesta.


3. En criterio de la reclamante se vulneró su derecho fundamental de petición, porque no le han dado contestación a lo requerido, lo cual es necesario para que se le haga entrega de los oficios de desembargo sobre el vehículo de placas BMJ021 por pago de la obligación. [Folios 10-14, c.1]



C. El trámite de la primera instancia


1. El 13 de octubre de 2016 fue admitida la acción de tutela, y se ordenó el traslado a las autoridades encausadas para que ejerciera su derecho de defensa. [Folio 16, c.1]


2. Dentro del término otorgado los demandados guardaron silencio.


3. En sentencia de 19 de octubre de 2016, el Tribunal concedió el amparo al debido proceso y acceso a la administración de justicia a favor de la Sociedad accionante y ordenó que en el término de cuarenta y ocho horas a la...

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