Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 45638 de 13 de Diciembre de 2016
Sentido del fallo | CONFIRMA SANCIÓN POR DESACATO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia - Laboral de Montería |
Número de expediente | T 45638 |
Número de sentencia | ATL8667-2016 |
Fecha | 13 Diciembre 2016 |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado ponente
ATL8667-2016
Radicación n.° 45638
Acta Extraordinaria 121
Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).
Resuelve la Corte la consulta de desacato de la providencia proferida el 11 de noviembre de 2016, proferida por la SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA - LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERIA, mediante la cual se dispuso sancionar por desacato a ELSA NOGUERA DE LA ESPRIELLA en su calidad de MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.
- ANTECEDENTES
De conformidad con la documental arrimada al trámite del incidente de desacato, se observa que la señora María Luisa Argel Márquez instauró acción de tutela contra el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Fondo Nacional de Vivienda, la cual finalizó con sentencia de la Sala Primera de Decisión Civil – Familia - Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería, del 19 de julio de 2016, en la que se protegieron los derechos fundamentales a la vivienda digna y a la igualdad. En consecuencia, ordenó «a la Nación Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través de la M.E.N. o quien haga sus veces que, en el término máximo de diez (10) días siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a realizar las actuaciones necesarias para que se prorrogue el subsidio otorgado a la señora M.L.A.M. a través de la Resolución No. 950 de 22 de noviembre de 2011».
Por considerar la parte actora que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, no ha dado cumplimiento a la orden impartida en el fallo de tutela de primera instancia, promovió incidente de desacato, con escrito del 24 de octubre del presente año.
Mediante auto del 25 de octubre de 2016, el Tribunal Superior de Montería requirió a la doctora E.N. de la Espriella en su calidad de Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Presidente de la República en calidad de superior jerárquico de la incidentada para que informara sobre el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia constitucional, término dentro del cual las partes guardaron silencio.
Mediante auto del siguiente 2 de noviembre, admitió el incidente de desacato promovido por la señora A.M. contra la doctora E.N. de la Espriella en su calidad de Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, sin que la misma emitiera pronunciamiento alguno.
La Sala Primera de Decisión Civil –...
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