Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-00964-00 de 3 de Mayo de 2017
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STC5997-2017 |
Número de expediente | T 1100102030002017-00964-00 |
Fecha | 03 Mayo 2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado ponente
STC5997-2017 Radicación n.° 11001-02-03-000-2017-00964-00(Aprobado en sesión de tres de mayo de dos mil diecisiete)
Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte la acción de tutela interpuesta por Seguros Generales Suramericana S.A. contra la S. Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, concretamente frente al Magistrado O.H.C.R., y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Pedro de los Milagros, trámite al que fueron citadas las partes e intervinientes en el proceso ejecutivo seguido a continuación del ordinario con rad. No. 2006-00269.
ANTECEDENTES
1. La representante legal de la aseguradora, reclama la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, «el Estado Social de Derecho, el Principio de Legalidad, la Prevalencia del Derecho Sustancial y el precedente establecido por la Corte Constitucional en materia de cosa Juzgada, inmutabilidad de las decisiones judiciales y la seguridad jurídica» (f. 117), presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas quienes incurrieron en defectos sustantivo y procedimental porque, «a través de un proceso ejecutivo se modifica una decisión que había sido emitida dentro de un proceso ordinario, sobre el cual opera el principio de cosa juzgada (…) al modificar una decisión judicial que fijaba un valor diferente al establecido en la sentencia que sirve de base para el proceso ejecutivo» (f. 109).
Pide que se ordene revocar el mandamiento de pago de 28 de agosto de 2012, y los autos de 29 de julio y 1º de noviembre, ambos de 2016, emanados del Juzgado Promiscuo del Circuito de San Pedro de los Milagros, así como la decisión del Tribunal Superior de Antioquia de 9 de febrero de 2015, proferidos en el proceso ejecutivo «conexo al ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual radicación 05664-31-89-001-2006-00269 en lo relacionado a la vinculación de SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A. en razón a que no existe obligación pendiente de pago» (f. 121).
2. Del escrito de amparo se extracta lo siguiente:
2.1 Con ocasión del accidente de tránsito en el que falleció A. de J.R.S., los señores G.P.C.A. en nombre propio y en representación de sus hijos menores de edad; Rocío del Socorro Suárez Arteaga, R.A.R., Claudia María, H.A., J.R. y Luz Angélica Ruiz Suarez, promovieron proceso ordinario de responsabilidad civil extracontractual contra Seguros Generales Suramericana S.A., Transportes Sierra Limitada, Rodrigo Londoño Gómez y E.A.L.P., del que conoció el Juzgado Promiscuo de Circuito de San Pedro de los Milagros, Despacho que en sentencia de 8 de febrero de 2011 declaró civilmente responsables a los demandados y los condenó a pagar perjuicios morales y materiales, decisión que en apelación confirmó parcialmente el Tribunal Superior de Antioquia el 29 de agosto de 2011.
2.2 Manifiesta que la mencionada Corporación dispuso en el fallo que hizo tránsito a cosa juzgada, que la aseguradora, ahora accionante, debía responder «hasta el monto del valor asegurado, es...
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