Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50195 de 10 de Mayo de 2017
Sentido del fallo | INADMITE |
Número de sentencia | AP2981-2017 |
Fecha | 10 Mayo 2017 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de expediente | 50195 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ
Magistrado ponente
AP2981-2017
Radicado N° 50195.
Acta 140.
Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por la defensora del procesado MAVILO PEÑA LASSO, contra la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el 26 de enero de 2017, que revocó la absolución emitida el 21 de abril de 2016 por el Juzgado Décimo Penal Municipal de esa ciudad, y en su lugar condenó al acusado a la pena principal de 9 meses de prisión y multa en cuantía de 6 salarios mínimos legales mensuales, como autor del delito de lesiones personales culposas; allí mismo se decretó un lapso igual como propio de las sanciones accesorias de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, y privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas. Al procesado se le concedió el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
HECHOSEn el fallo de segundo grado se narró lo ocurrido, de la siguiente forma:
“El día 21 de octubre de 2011, aproximadamente a las 6:00 horas, en la intersección de la carrera 5 con calle 24 de ésta ciudad, ocurrió un accidente de tránsito tipo colisión entre los vehículos de placas VBX 582 microbús de servicio público conducido por el señor MAVILO PEÑA LASSO y la motocicleta de placas QGP 06B conducida por el señor J.D.C.N., quien resultó lesionado.
Como consecuencia del accidente, al conductor de la motocicleta le fue concedida una incapacidad provisional de 60 días y secuelas médico legales: 1) deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente 2) perturbación funcional de órgano, sistema L. hematopoyético de carácter permanente.”
DECURSO PROCESALEl 11 de febrero de 2015, ante el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal con funciones de control de garantías de Cali, fue imputado MAVILO PEÑA LASSO, el delito de lesiones personales culposas, al cual no se allanó.
El 29 de abril de 2015, fue presentado escrito de acusación, repartido al Juzgado Décimo Penal Municipal de Cali, oficina judicial que realizó la audiencia de formulación de acusación el 2 de julio siguiente.
El 10 de diciembre de 2015 se adelantó la audiencia preparatoria.
La audiencia pública de juzgamiento se desarrolló los días 9 y 10 de marzo de 2016, culminando con anuncio de sentido de fallo absolutorio.
El fallo de primer grado fue emitido el 21 de abril de 2016; oportunamente se apeló por la fiscalía y la representación de la víctima.
El 26 de enero de 2017, se profirió el fallo de segundo grado, que revocó la absolución y en su lugar condenó al...
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