Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 72965 de 17 de Junio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 683344921

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 72965 de 17 de Junio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Fecha17 Junio 2017
Número de sentenciaSTL8553-2017
Número de expedienteT 72965
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado ponente


STL8553-2017

Radicación n.° 72965

Acta 20


Bogotá, D. C., siete (7) de junio de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por LUIS GERMÁN OSORNO CALERO contra la providencia proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, el 19 de abril de 2017, que negó el amparo solicitado dentro de la acción de tutela promovida por el recurrente contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y el JUZGADO DOCE PENAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, acción que resulta extensiva a la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.


I. ANTECEDENTES



El accionante instauró la presente queja constitucional al considerar que le fueron vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa.

Se desprende del escrito de acción, que dentro del proceso penal objeto de tutela, en la audiencia preparatoria calendada el 13 de julio de 2012, se negó una nulidad y la práctica de pruebas propuesta por la defensa.


Mediante sentencia del 3 de noviembre de 2015, el Juzgado Doce Penal del Circuito de Cali profirió sentencia condenatoria por el delito de estafa agravada por la cuantía, en la modalidad de delito masa y falsedad ideológica de documento privado en concurso homogéneo.


Inconforme con la decisión, la defensa interpuso recurso de apelación, el cual fue desatado por el Tribunal Superior de Cali, modificando la decisión, por cuanto declaró la prescripción de la acción penal y ordenó la cesación de procedimiento frente al delito de falsedad en documento privado, condenando al accionante a ochenta y cinco (85) meses de prisión y a seiscientos veintiocho (628) S.M.L.M.V. para el año 2005. En lo demás confirmó la determinación.


Frente a la providencia anterior, el aquí quejoso propuso recurso extraordinario de casación, el cual, mediante proveído del 23 de noviembre de 2016, fue inadmitido por la Sala de Casación Penal, quien casó de forma oficiosa y parcialmente la sentencia de segunda instancia únicamente frente al tiempo de inhabilidad para el ejercicio de sus derechos y sus funciones públicas y el ejercicio de la industria y el comercio.


El actor cuestiona el proceder del Juzgado de primera instancia por: i) no recopilar todos los elementos de convicción decretados en ese asunto; ii) no declararse impedido dentro del proceso, aun cuando se configuraba causal para...

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