Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50528 de 28 de Junio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685093105

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50528 de 28 de Junio de 2017

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Número de sentenciaAP4100-2017
Número de expediente50528
Fecha28 Junio 2017
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal


FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Magistrado ponente


AP4100-2017

Radicación 50528

(Aprobado Acta No. 204)


Bogotá D.C., junio veintiocho (28) de dos mil diecisiete (2017).


VISTOS:


Define la Corte cuál es la autoridad judicial competente para adelantar el juicio a HENRY ALBERTO ORTEGÓN MEJÍA, acusado del delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado.


HECHOS:


Los supuestos fácticos a los que se sustrae el presente estudio fueron reseñados en el escrito de acusación así:


«De acuerdo con los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida; que se tienen arrimados a las presentes diligencias, en el municipio de Flandes departamento del Tolima, para el 26 de marzo de 2007… se tuvo conocimiento que la menor A.J.B. de tan solo cinco (5) años de edad»1 fue víctima de la conducta punible de acto sexual abusivo, presuntamente, cometida en reiteradas ocasiones por su padrastro, HENRY ALBERTO ORTEGÓN MEJÍA.



ANTECEDENTES PROCESALES:



  1. El 30 de noviembre 2011, ante el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías del Espinal – Tolima, se llevó a cabo la audiencia preliminar de formulación de imputación a HENRY ALBERTO ORTEGÓN MEJÍA, a quien se le endilgó la conducta de acto sexual como menor de 14 años, en concurso homogéneo, agravado por las circunstancias previstas en los numerales 2, 4 y 7 del artículo 211 y los numerales 5 y 7 del artículo del artículo 58 de la Ley 599 de 20002.


  1. El 16 de enero de 2012, en el centro de servicios judiciales del Espinal – Tolima, se radicó escrito de acusación contra el prenombrado por el delito imputado. El asunto fue repartido al Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de conocimiento de esa ciudad, ante el cual se adelantaron las audiencias de formulación de acusación, preparatoria y juicio oral, al cabo de las cuales emitió sentido de fallo condenatorio el 18 de marzo de 2014.


  1. La lectura de la sentencia condenatoria tuvo lugar el 30 de abril de 2014, siendo la misma objeto de conocimiento del Tribunal Superior de Ibagué – Tolima, al momento de resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa, quien el 17 de marzo de 2017 declaró la nulidad de todo lo actuado a partir de la sesión del juicio oral celebrada el 12 de abril de 2013.


  1. Remitida la actuación al Juzgado Primero Penal del Circuito del Espinal, mediante auto del 7 de junio...

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