Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 72061 de 5 de Abril de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Número de expediente | T 72061 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL5190-2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 05 Abril 2017 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
FERNANDO CASTILLO CADENA
Magistrado ponente
STL5190-2017
Radicación nº. 72061
Acta 12
Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil diecisiete (2017)
Se resuelve la impugnación interpuesta por el apoderado de MIGUEL ÁNGEL CHAPARRO BARRIGA contra el fallo de 22 de febrero de 2017 proferido por la S. de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la tutela que promovió contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite al que se vinculó a las partes e intervinientes del proceso ejecutivo que le dio origen.
-
ANTECEDENTES
El accionante solicitó la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, junto con el principio de legalidad, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada.
Señaló que entre él y H.R.P., celebraron un vínculo comercial para la compra y venta de esmeraldas en el que «el primero siempre compraba al segundo piedras preciosas para ser comercializadas por éste en los EE.UU»; para ello él constituyó en 1992, la sociedad Verdeluz Ltda que después se denominó Comercializadora Internacional V.L. y luego V.S..
Indicó que de la primera empresa quedaron firmadas varias facturas en blanco que solían ser llenadas por personas de su confianza cuando él no se encontraba, documentos que dejaron de utilizarse cuando se cambió la denominación de la compañía; sin embargo, R.P. mediante apoderado, el 15 de septiembre de 2004 presentó demanda ejecutiva en su contra para hacer efectivo un título valor por valor de $340.335.000 «emitido en un formato de factura de venta obsoleta, perteneciente a la empresa Verdeluz Limitada, la cual como ya se indicó fue cancelada su matrícula desde el años 2006».
Que el proceso correspondió al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Bogotá, que ordenó librar mandamiento de pago en su contra y decretó medidas cautelares; que presentó reposición pero se negó el 30 de abril de 2015 y que propuso como excepciones la falsedad en documento privado, ilegitimidad para el cobro, falta de negocio causal y cobro de lo no debido, además pidió la prueba pericial para que se analizara la firma impresa en el documento base de ejecución y allegó la denuncia penal por falsedad de documento; finalmente, también tachó de falso el título pero el despacho no accedió mediante providencia del 19 de agosto de 2015.
Que el despacho profirió fallo en el que declaró probada la excepción de inexistencia de negocio causal que diera origen al título ejecutivo y negó las pretensiones; no obstante, la parte ejecutante apeló y el Tribunal, por decisión del 19 de enero de 2017, revocó porque «en el plenario no se encontraban pruebas suficientes que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba