Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 52007 de 5 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 685168497

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 52007 de 5 de Abril de 2017

Sentido del falloADICIONA SENTENCIA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Manizales
Fecha05 Abril 2017
Número de sentenciaSL4867-2017
Número de expediente52007
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado Ponente

SL4867-2017

Radicación n.° 52007

Acta 12

SENTENCIA COMPLEMENTARIA

Bogotá, D.C., cinco (05) de abril de dos mil diecisiete (2017).

Procede la Corte a decidir sobre la solicitud de adición o corrección elevada por la apoderada de la parte actora, respecto al fallo de instancia calendado el 15 de febrero del año en curso, proferido con ocasión del fallo de casación emitido el 2 de diciembre de 2015, en el proceso ordinario instaurado por J.N.Z.S. contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES y BANCOLOMBIA S.A.

  1. ANTECEDENTES

En el fallo de instancia proferido el 15 de febrero del año en curso, se dispuso en el numeral 5.º de la parte considerativa de la decisión, que:

Solicitó el actor en la demanda inicial la “indexación” de los valores dejados de pagar (f. 11, literal b), condena que resulta procedente impartir por dicho concepto, dado el fenómeno de la devaluación monetaria, con el fin de que el actor no reciba un pago con una moneda que evidentemente tenga un poder adquisitivo menor. Efectuadas las operaciones del caso por las diferencias adeudadas que totalizan la suma de $113.213.081,15, arroja un valor a pagar por indexación que asciende a $32.658.419,45, actualización que se hizo conforme a la siguiente fórmula:

VA = VH (total diferencias pensionales debidas) x IPC FINAL (IPC mes en que se realice el pago)

IPC INICIAL (IPC mes en que se causa la diferencia)

Sin embargo, en la parte resolutiva no se dispuso su condena.

En razón a lo anterior, la apoderada de la parte demandante, dentro del término legal, en virtud del artículo 287 del C.G.P., solicitó la adición o corrección del fallo de instancia como pretensión principal «Que se adicione la parte resolutiva de la sentencia, con un nuevo ordinal que ordene el pago de la indexación, por la suma de $32.658.419,45, y subsidiariamente, en aplicación del artículo 286 del C.G.P., solicitó «Que se corrija la parte resolutiva de la...

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