Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002010-00104-01 de 24 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 691666297

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002010-00104-01 de 24 de Septiembre de 2010

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Santa Marta
Número de expedienteT 4700122130002010-00104-01
Fecha24 Septiembre 2010
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL



Magistrado Ponente:
CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE


Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil diez (2010).


R.: 47001-22-13-000-2010-00104-01


Se decide la impugnación que el accionante interpuso al fallo de 12 de julio de 2010 pronunciado en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Civil — Familia, donde negó la demanda de tutela presentada por A.A.M.P. frente al Juzgado Único Civil del Circuito de Fundación — M., la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero, en liquidación, los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural-I. e Interior y de Justicia, Negocios Azuero y Cia. S. en C. y Rodolfo Polania Polania, en su condición de rematante.

ANTECEDENTES



Demanda el convocante la salvaguarda de los fundamentales a la vida y la propiedad que juzga



vilipendiados, pues, dentro de la ejecución con título hipotecario promovida por la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación- en contra suya, la autoridad judicial convocada en diligencia de remate adjudicó a R.P.P. la finca de su propiedad llamada "ta Sorpresa", situada en el corregimiento Flores de M., comprensión municipal de Pivijay — M..




La vía de hecho atribuida a dicha actuación estriba en que si bien la Caja Agraria le otorgó un crédito por valor de $5.000.000.00 para pagarlo en cuatro cuotas anuales de $1.250.000.00, cada una, comenzando la primera el 11 de julio de 1998, al cual abonó solo la suma de $3.460.025.00 debido ai desplazamiento forzado de que fue objeto con toda su familia, el juzgado al librar la orden de pago en contra suya lo hizo por la totalidad del préstamo sin tener en cuenta el pago parcial que había realizado ni la condición de desplazado; por tanto, pide la restitución del inmueble que le fue subastado y el reintegro de las 12 novillas de vientre que había pignorado.


vilipendiados, pues, dentro de la ejecución con título hipotecario promovida por la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación- en contra suya, la autoridad judicial convocada en diligencia de remate adjudicó a R.P.P. la finca de su propiedad llamada "la Sorpresa", situada en el corregimiento Flores de M., comprensión municipal de Pivijay — M..


La vía de hecho atribuida a dicha actuación estriba en que si bien la Caja Agraria le...

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