Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 2000122130002013-00168-01 de 18 de Diciembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 691674649

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 2000122130002013-00168-01 de 18 de Diciembre de 2013

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha18 Diciembre 2013
Número de expedienteT 2000122130002013-00168-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Valledupar
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
MateriaDerecho Civil


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



Magistrado Ponente:

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ



Bogotá D. C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil trece (2013)

Discutido y aprobado en sesión de doce (12) de diciembre de dos mil trece



Ref.: Exp. 20001-22-13-000-2013-00168-01


Se decide la impugnación formulada frente al fallo de 30 de octubre de 2013, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, dentro de la acción de tutela promovida por Mauricio Cristóbal L.H. contra el Juzgado Segundo de Familia de la misma ciudad, trámite al que fueron vinculados las partes e intervinientes del proceso que se cuestiona.


ANTECEDENTES


1. El promotor del amparo reclama la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y a la “[recta y justa]” administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad jurisdiccional accionada, con el auto proferido el 05 de septiembre de 2013 por medio del cual no accedió a las pretensiones del incidente de desacato en el trámite constitucional en el que es accionante.


Solicita como consecuencia de lo anterior, “[revocar] la providencia” precitada, y en consecuencia “[g]arantizar el [debido proceso, tutelando] mi derecho fundamental de [p]etición amparado por el [fallo de tutela] proferido (…) el 15 de julio de 2013 (…)” (fl. 16, cdno. 1). Además, “(…) iniciar el proceso sancionatorio contra la(s) funcionaria(s) responsable, por [fraude a resolución judicial y prevaricato por omisión] (…)”, como también “[condenar] en [c]ostas a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, por la actitud dilatoria y la obstrucción a la justicia” (fl. 6, cdno. 1).


2. El accionante sustenta su petición, en síntesis, manifestando que ante el Juzgado Segundo de Familia de Valledupar, promovió acción de tutela contra la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales de petición y debido proceso, que en efecto fueron amparados.


Señala que en el fallo proferido por el juzgado encartado se “(…) conmin[ó] a la accionada (…) a dejar incólume el (%) de [p]érdida de [c]apacidad [l]aboral en 66,23% (…)”, en tanto que ordenó “(…) que en 48 horas contados (sic) a partir de la notificación del [f]allo, dé una respuesta de fondo al [d]erecho de [p]etición del sr. L.H., informándole en qué estado se encuentra la solicitud de corrección del dictamen emitido por la Sala Segunda, en cuanto al porcentaje de la pérdida de capacidad laboral (…)” (fl. 1, cdno. 1).

Indica que ante el incumplimiento de la providencia constitucional presentó incidente de desacato, que el 16 de agosto de la presente anualidad fue admitido, y el 28 agosto de 2013, la Junta Nacional de manera “extemporánea” se pronunció al respecto, “sin aportar nada nuevo al proceso” refiriendo que ya había dado cumplimiento a lo ordenado por el despacho judicial, en el sentido de haber contestado los derechos de petición que fueron objeto de la tutela (fl. 2, cdno. 1).


Refiere que no obstante lo anterior, el juzgado ahora accionado, el 5 de septiembre de 2013 resolvió no sancionar a la citada Junta y dar por terminado el incidente de desacato, al...

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