Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 51599 de 18 de Diciembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 691717149

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 51599 de 18 de Diciembre de 2013

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Fecha18 Diciembre 2013
Número de sentenciaSTL4489-2013
Número de expedienteT 51599
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
VENCE 9 DE DICIEMBRE DAMARY
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



CLARA C.D.Q.

Magistrada Ponente


STL 4489 -2013

Radicación Nº 51599

Acta Nº 42



Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil trece (2013).


Se procede a resolver la impugnación presentada por la apoderada judicial de Hippo´s S.A.S, contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela que instauró el recurrente contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín.


  1. ANTECEDENTES


Se plantea en el escrito de tutela que José Antonio Gómez Jaramillo, promovió proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado en contra de la sociedad, ante el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Medellín.


Afirma que el Juzgado Quinto Civil de Descongestión del Circuito de Medellín, al que fue remitido el expediente por descongestión, profirió sentencia el 28 de enero de 2013 mediante la cual decretó la terminación del contrato de arrendamiento por mora en el pago de su canon y ordenó la entrega del bien inmueble, decisión contra la cual la parte accionante presentó recurso de apelación que fue inadmitido por la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín.


Sostiene que en la demanda de restitución de inmueble arrendado se planteó la mora en el pago de los cánones de arrendamiento; la existencia de diferencias en el cómputo del término pactado en el contrato de arrendamiento y en el cálculo de los incrementos de renta; se solicitó la concesión del derecho de retención, y que las excepciones de mérito que presentó el demandado se direccionaron contra esos temas.


El convocado a juicio interpuso recurso de súplica frente a la decisión que inadmitió el de apelación ya que no estaba de acuerdo con el análisis que realizó el tribunal al afirmar que era un proceso de única instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 820 de 2003, al considerar que la única causal de terminación invocada en la demanda era la mora en el pago del canon de arrendamiento; que dicho recurso fue resuelto el 25 de septiembre de 2013 de manera desfavorable.


Aduce que dentro del proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado, no se había dictado pronunciamiento que indicara que dicho trámite correspondiera a uno de única instancia, para poderlo controvertir.


Por lo anterior, solicita que se ordene...

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