Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002013-03010-00 de 19 de Diciembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 691717421

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002013-03010-00 de 19 de Diciembre de 2013

Sentido del falloINADMITE TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002013-03010-00
Fecha19 Diciembre 2013
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá D.C., diecinueve (19) de diciembre de dos mil tres (2013)

EXP.: 11001-02-03-000-2013-03010-00

Se resuelve lo que corresponde respecto de la acción de tutela instaurada por M.G.M.R. contra la SALA DE CASACIÓN PENAL.

1. ANTECEDENTES

1. Solicita la gestora la protección del derecho al debido proceso, presuntamente quebrantado por la querellada.

2. Afirma que fue condenada por concierto para delinquir agravado, enriquecimiento ilícito y falsedad en documento privado, trámite en el cual se violaron sus preceptos supralegales.

Agrega que en la etapa de instrucción demostró su buena fe, aclaró el destino de los dineros confiados en virtud del contrato de mandato celebrado y exteriorizó su voluntad de entregar “(…) bienes en Colombia y fuera del [país] para recobrar el valor de los títulos (…)”; sin embargo, la fiscalía le negó la posibilidad de llegar a un preacuerdo y la obligó a asistir a audiencia de juzgamiento.

Sostiene que fueron tres los juzgados “(…) ante quienes se desarrolló el juicio en [su] contra (…)”, siendo “(…) inocultable que el juez fallador, quien dictó la sentencia no presidió el juicio, lo que desnaturaliza el sistema oral acusatorio”.

Añade que el documento privado presuntamente adulterado no se aportó a las diligencias; sin embargo, las autoridades la sancionaron por esa conducta.

Frente al delito de enriquecimiento ilícito, asegura que si bien los títulos ingresaron a la cuenta de las sociedades “(…) que ella representaba, no quiere decir que eso hubiera incrementado [su] patrimonio (…)” personal.

Recalca que se desempeñó como comisionista de bolsa y como representante de Latina de Aviación y GIA Internacional de Colombia, entidades legales vigiladas por la respectiva superintendencia.

Agrega que todas las gestiones bursátiles se ampararon con pólizas de aseguramiento,“(…) para tal fin se con[taba] con clientes por años, estando Fidubogotá, cuyos funcionarios resultaron implicados en la fraudulenta utilización de los títulos sin contar con las autorizaciones internas”.

Asevera que la Sala de Casación Penal inadmitió la demanda impetrada contra el fallo de segundo grado, desatendiendo así, la palmaria violación de sus garantías fundamentales.

3. Tras recabar ampliamente en la misma situación fáctica, solicita tutelar el derecho que le asiste de...

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