Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 74959 de 29 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691751093

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 74959 de 29 de Julio de 2014

Sentido del falloANULA AUTO
Número de sentenciaATP4520-2014
Fecha29 Julio 2014
Número de expedienteT 74959
EmisorSala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3

P.S.C. MAGISTRADA PONENTE ATP4520-2014 R.icación No. 74.959 Acta No.241

Bogotá D. C., veintinueve (29) de julio de dos mil catorce (2014)

Seria del caso que la Sala avocará conocimiento de la demanda de tutela instaurada por A.G.L.P. por intermedio de apoderado judicial, contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA y el JUZGADO SÉPTIMO PENAL DEL CIRCUITO de esa localidad, sino se observara que carece de competencia para ello.

ANTECEDENTES FÁCTICOS Y PROCESALES

A.G.L.P. acude mediante apoderado judicial, a la extraordinaria vía de tutela, al estimar que la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla y el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de esa ciudad, lesionaron las garantías fundamentales que le asisten, al dictar las decisiones mediante las cuales fue condenado por los punibles de obtención de documento público falso y fraude procesal[1].

CONSIDERACIONES

Se observa que mediante auto CSJ AP3440 – 2014, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación formulada mediante apoderado por el ahora accionante, contra la sentencia de segundo nivel y allí descartó la existencia de alguna transgresión de las garantías fundamentales de los procesados.

Por lo tanto, como quiera que la Sala de Casación Penal podría verse involucrada en el trámite tutelar, se dispone ANULAR el auto de 23 de julio de 2014, mediante el cual se admitió a trámite la demanda de tutela y REMITIR el conocimiento del asunto, por competencia, a la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 44 del Reglamento General de la Corporación[2].

En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL – SALA DE DECISIÓN DE ACCIONES DE TUTELA NO. 3,

RESUELVE

ANULAR el auto del 23 de julio de 2014, mediante el cual se avocó conocimiento de la demanda.

REMITIR por Secretaría, el expediente a la Sala de Casación Civil de esta Corporación, para que allí se le imparta el trámite correspondiente a la demanda de tutela, de...

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