Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 37048 de 29 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691751209

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 37048 de 29 de Julio de 2014

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTL9863-2014
Número de expedienteT 37048
Fecha29 Julio 2014
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


STL9863-2014

Radicación n.° 37048

Acta 65


Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil catorce (2014).


Procede la S. a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por el señor LUIS GUILLERMO SÁNCHEZ QUIROGA contra la SALA LABORAL DE DESCONGESTIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite al cual se vinculó al JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ.


  1. ANTECEDENTES


El señor L.G.S.Q., actuando por medio de apoderado judicial, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y contradicción, acceso efectivo a la administración de justicia y dignidad humana, presuntamente vulnerados por la S. Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


Señaló que el 25 de noviembre de 2005 presentó demanda ejecutiva laboral contra la COMPAÑÍA DE INVERSIONES DE LA FLOTA MERCANTE S.A., y solidariamente contra la FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA, para obtener el pago de acreencias laborales insolutas y teniendo como título ejecutivo las sentencias proferidas en las instancias laborales bajo el radicado 1998-327; que el 28 de mayo de 2007 el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Bogotá, libró el mandamiento de pago contra la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A. en Liquidación Obligatoria; que el 09 de agosto de 2010 solicitó que se vinculara al proceso a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia; que la Superintendencia Delegada para procedimientos de insolvencia, declaró terminada la liquidación de la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A.; que el 25 de julio de 2013, reiteró la solicitud de vinculación de la Federación Nacional de Cafeteros al proceso por responsabilidad solidaria, con base en el artículo 148 de la Ley 222 de 1995; que mediante providencia del 13 de agosto de 2013, el Juzgado negó la vinculación de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia; que recurrió dicha decisión; que la S. Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante providencia del 30 de abril de 2014, confirmó la decisión de primera instancia.


Cuestionó la decisión de Tribunal...

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