Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1300122130002014-00148-01 de 1 de Agosto de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691751845

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1300122130002014-00148-01 de 1 de Agosto de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Cartagena
Fecha01 Agosto 2014
Número de sentenciaSTC10229-2014
Número de expedienteT 1300122130002014-00148-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL



JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

Magistrado Ponente


STC10229-2014


Radicación No. 13001-22-13-000-2014-00148-01

(Aprobado en sesión de treinta de julio de dos mil catorce)


Bogotá, D.C., primero (1°) de agosto de dos mil catorce (2014)


Decide la Corte la impugnación interpuesta frente al fallo de 29 de mayo de 2014, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la acción de tutela promovida por B.L.G. quien dice actuar en calidad de «representante legal» del Consejo Comunitario Afrodescendiente de La Boquilla contra la Secretaría de Planeación Distrital de Cartagena, Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique –Cardique-, Dirección General Marítima de la Capitanía de Puerto de Cartagena –Dimar-, Empresa de Desarrollo Urbano de Bolívar S.A. –Edurbe S.A.-, Curadurías Urbanas Primera y Segunda de Cartagena y los siguientes edificios y hoteles: Seway, H., M.V., Morros Epic, Morros 3, Morros Ultra, O.P., Morros 922, Atabeira, Murano, Helios, M. La Boquilla, Terrazino 1 y 2, Los Morros de la Boquilla, Hotel Derust, Hotel Holyday Inn, Hotel H., Hotel Radinsson, Hotel Torres de Las Américas y el Centro de Convenciones de Las Américas; trámite al que fue vinculado el Ministerio del Interior.


ANTECEDENTES


1. El accionante reclama la protección superior de los derechos fundamentales al debido proceso, «consulta previa», «participación», «autodeterminación de los pueblos», «propiedad colectiva», «territorio colectivo», y «goce de un ambiente sano», presuntamente vulnerados por las accionadas.


En consecuencia solicitó «se realice la consulta previa libre e informada con el Consejo Comunitario de la Boquilla en relación a cualquier decisión administrativa (concesiones, licencias ambientales, licencias y permisos de construcción, plan de manejo ambiental, entre otros) que se haya presentado por parte de las autoridades públicas aquí demandadas, por el otorgamiento de permisos de construcción y adecuación de los distintos inmuebles y hoteles relacionados en la presente demanda, los cuales fueron construidos dentro del territorio de la Comunidad Afrodescendiente del mencionado Consejo Comunitario» y «se ordene realizar por parte de las autoridades públicas accionadas, todas las medidas, acciones, operaciones administrativas y económicas para resarcir y/o reparar todos los posibles daños y perjuicios ocasionados a la Comunidad del Consejo Comunitario La Boquilla…» (folio 5 del cuaderno 1 del Tribunal).

  1. En apoyo de su pretensión, en síntesis, manifestó que «durante los últimos años» la Empresa de Desarrollo Urbano de Bolívar S.A. –Edurbe S.A.- ha realizado «contratos de compraventa de lotes» en el corregimiento de La Boquilla de Cartagena «para la construcción de distintas edificaciones y establecimientos hoteleros…en el sector de Los Morros y Cielo Mar…», valga decir, «sobre zonas donde antes existía ciénaga y manglares» (folio 3 vto. del cuaderno 1 del Tribunal).


Aseguró que las «continuas construcciones de…edificios de apartamentos y hoteles» ponen en peligro la «existencia y arraigo» de la Comunidad Afrodescendiente de La Boquilla respecto de su territorio, además, afirma, «todas estas acciones e intervenciones masivas…en ningún momento fueron consultadas», razón por la cual estima vulneradas las garantías deprecadas (folio 3 vto. del cuaderno del Tribunal).


Aseveró que debido a la amenaza de las «tierras baldías y los ecosistemas» donde se asienta dicha comunidad, esta ha realizado varias acciones judiciales, denuncias y peticiones. Así por ejemplo, el 28 de junio de 2013 solicitó a la Dirección General Marítima de la Capitanía de Puerto de Cartagena –Dimar- un «estudio técnico» para que determinara «si existe una apropiación ilegal de terrenos de bajamar y manglar por parte del Centro de Convenciones Las Américas», posteriormente, el 4 de julio siguiente puso de presente ante esta entidad una «presunta ocupación indebida de un bien de uso público de la nación por parte del Hotel Torres de Las Américas», peticiones que fueron negadas debido a que se encuentra en curso una investigación administrativa sobre tales reparos (folio 4 vto. del cuaderno del Tribunal).


Adujo que también elevó sendas quejas ante la Procuraduría Regional de Bolívar y la Procuraduría General de la Nación contra la Dimar en relación con «la apropiación indebida de un terreno de bajamar por Inversiones Araujo…entonces socios propietarios del Hotel Las Américas», empero, fueron rechazadas por «improcedentes» (folio 4vto del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR