Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7600122030002014-00260-02 de 19 de Septiembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691757957

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7600122030002014-00260-02 de 19 de Septiembre de 2014

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Cali
Fecha19 Septiembre 2014
Número de sentenciaSTC12778-2014
Número de expedienteT 7600122030002014-00260-02
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

Magistrado ponente


STC12778-2014

Radicación n.° 76001-22-03-000-2014-00260-02

(Aprobado en sesión de diecisiete de septiembre de dos mil catorce)


Bogotá, D. C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil catorce (2014).


Decide la Corte la impugnación interpuesta frente al fallo de 30 de mayo de 2014, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro de la acción de tutela promovida por Melida Caracas contra la Presidencia de la República y la Alcaldía del Municipio de Jamundí (Valle).


ANTECEDENTES


1. La accionante reclama la protección superior de los derechos fundamentales de petición, igualdad y vivienda digna, presuntamente vulnerados por las entidades accionadas.

En consecuencia, pidió se otorgue «una respuesta a lo requerido» y «se [le] incluya en justa condición de igualdad y por lo tanto se [le] brinden las ayudas asistenciales y materiales necesarias para mejorar [su] vivienda, así mismo para ser beneficiaria del subsidio al adulto mayor pues no pose[e] renta, bienes o servicios que [le] permitan llevar una vida en mejores condiciones de dignidad…» (folio 2 del cuaderno del Tribunal).

2. En apoyo de su pretensión, en síntesis, manifestó que en el «mes de marzo de 2010» a través de correo electrónico formuló una petición ante la Presidencia de la República, exponiendo su «precario estado socioeconómico» y manifestando la «necesidad de ser beneficiaria de los subsidios y ayudas estatales que se han brindado a otras personas en similares e incluso mejores condiciones que la [suya]» (folio 1 del cuaderno del Tribunal).


Aseguró que el 3 de marzo de 2010 y por el medio aludido la entidad mencionada dio respuesta a la anterior solicitud, indicándole que la misma sería trasladada a la «Alcaldía de Jamundí para su conocimiento…», sin embargo ha trascurrido «cuatro años» y aún no ha obtenido contestación de fondo a sus pedimentos (folio 1 del cuaderno del Tribunal).


LA SENTENCIA IMPUGNADA


El Tribunal constitucional concedió la protección del derecho de petición de la gestora tras considerar que la Alcaldía del Municipio de Jamundí (Valle) no respondió la solicitud que aquella formuló. De otro lado, estimó que la accionante no demostró la vulneración de la garantía a la igualdad, esto es, «que su tratamiento haya sido dispar a otros en su misma situación, o que se le haya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR