Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 6600122130002014-00148-02 de 19 de Septiembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691758017

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 6600122130002014-00148-02 de 19 de Septiembre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Pereira
Número de expedienteT 6600122130002014-00148-02
Número de sentenciaSTC12701-2014
Fecha19 Septiembre 2014
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R.icación N° 66001-22-13-000-2014-00148-02

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Magistrado ponente


STC12701-2014

R.icación n.º 66001-22-13-000-2014-00148-02

(Aprobado en sesión de diecisiete de septiembre de dos mil catorce)


Bogotá, D.C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil catorce (2014).


Decide la Corte la impugnación del fallo de 3 de junio de 2014, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de P., que negó la tutela de A.P.T. frente al Juzgado Primero de Familia de esa ciudad, tramite al que fue vinculada la Defensora de Familia y el Agente del Ministerio Público adscrito al despacho acusado y M.C.B.T..


  1. ANTECEDENTES


1.- Actuando directamente, el promotor sostiene que le fue transgredido el derecho al debido proceso.


2.- Circunscribe la violación a la sentencia expedida el 17 de marzo de los corrientes, en el juicio de aumento de cuota alimentaria que le adelantó M.C.B.T. en representación de su menor hijo.

3.- Sustenta la protección en los supuestos fácticos que pasan a compendiarse (folios 1 a 20 cuaderno 1):


a.-) Que en el asunto de la referencia, formuló las excepciones de «Existencias de otro hijo, y de obligaciones».


b.-) Que se desestimaron las defensas y se accedió a las pretensiones, incrementando la mesada en un millón seiscientos mil pesos ($ 1.600.000), para dejarla en dos millones ochocientos mil pesos ($ 2.800.000).


c.-) Que el juzgado erró al decidir sin tener en cuenta, ni valorar en conjunto las pruebas y los argumentos expuestos, que demuestran su incapacidad económica para cancelar la cantidad señalada por esa instancia.


4.- Pide que se suspendan los efectos del fallo mientras se resuelve de fondo el amparo y, consecuencialmente, se declare probada la excepción y se disminuya la cuota alimentaria fijada>>.


RESPUESTAS DE LAS PARTES Y VINCULADOS


1.- El Juzgado Primero de Familia hizo un recuento de lo actuado dentro del citado litigo, y manifestó que cada una de las etapas se adelantaron sin vulneración de prerrogativa alguna.


2.- El Procurador Judicial Veintiuno de Familia, pidió la nulidad por la causal 9ª del artículo 140 del Código de Procedimiento Civil, porque no fue notificado de la demanda origen del proceso.


3.- M.C.B.T. señaló que al gestor en el proceso se le respetaron todas las...

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