Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 75721 de 25 de Septiembre de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Número de expediente | T 75721 |
Fecha | 25 Septiembre 2014 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP13232-2014 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Neiva |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP13232-2014
Radicación N° 75.721
(Aprobado Acta N° 319)
Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre dos mil catorce (2014)
Se resuelve la impugnación formulada por Yaneth Pérez Cuenca frente a la sentencia proferida el 14 de agosto de 2014 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Fiscalía 2 Seccional de Soacha-Cundinamarca, la compañía aseguradora Royal S.A., Seguros Colpatria y Seguros del Estado, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, a la vida y a la salud.
Al presente trámite fue vinculada la Fiscalía Local de El Colegio.
ANTECEDENTES
1. Hechos y fundamentos de la acción
Fueron narrados por el A quo de la siguiente manera:
(…) Manifiesta la accionante Yaneth Pérez Cuenca que a consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente de tránsito ocurrido el 24 de octubre de 2013, sobre la vía que conduce de Fusagasugá a Bogotá, frente al establecimiento la pirámide se instauró la correspondiente denuncia ante la Fiscalía Segunda Seccional de Soacha, Cundinamarca. No obstante, señala que actualmente está totalmente desinformada sobre el estado de la actuación procesal, debido al trámite dilatorio adoptado por el ente acusador, que ni siquiera ha hecho comparecer al proceso al indiciado Fabio Arboleda, quien reside en Neiva y hasta el momento no ha respondido por los daños que le ocasionó.
Refiere que actualmente se encuentra desprotegida porque las aseguradoras Royal S.A. y Seguros Colpatria no han respondido con la correspondiente indemnización.
Agrega que el Instituto de Medicina Legal ya expidió el correspondiente dictamen definitivo en donde se le determinó perturbación funcional permanente en una de sus piernas, lo que se le impide desempeñarse normalmente en sus labores diarias. Resalta que dicho accidente también le produjo una afectación interna a nivel menstrual que tampoco ha sido atendida por las aseguradoras, requiriendo la atención quirúrgica inmediata.
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva negó el amparo al considerar que si bien es cierto que no ha sido posible la individualización e identificación del presunto autor de los hechos objeto de...
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