Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1300122130002014-00341-01 de 27 de Noviembre de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia de Cartagena |
Número de expediente | T 1300122130002014-00341-01 |
Número de sentencia | STC16361-2014 |
Fecha | 27 Noviembre 2014 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
Magistrado ponente
STC16361-2014
Radicación n.° 13001-22-13-000-2014-00341-01
(Aprobado en sesión de veintiséis de noviembre de dos mil catorce)
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil catorce (2014).
Se decide la impugnación formulada frente al fallo proferido el 29 de septiembre de 2014, por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la acción de tutela promovida por William Vergara Castro contra los Juzgados Segundo del Circuito y Tercero Civil Municipal, ambos de esa ciudad, a cuyo trámite fueron vinculados S.C. Ingenieros Asociados S.A. y Reficar S.A.
ANTECEDENTES
1. El actor reclama la protección de las prerrogativas esenciales al debido proceso, igualdad, defensa material y acceso a la justicia, presuntamente vulneradas por la autoridad judicial accionada dentro de la acción de tutela que instauró en contra de la empresa S.C. Ingenieros Asociados S.A.
En consecuencia, solicita que se dejen sin efectos «todas las decisiones vulneradoras de derechos fundamentales (…)», la «sentencia de tutela que resuelve la impugnación dentro del proceso (…) 2014-394 de fecha 15 de agosto de 2014 (…) por carecer de motivación (…)», «la sentencia de tutela (…) de fecha 01 de julio de 2014 que revoca la decisión de forma directa sentencia de fecha 11 de junio de 2014 (…)», el auto «de fecha 16 de junio (…) que decretó nulidad de oficio, por ser contrario a los mandatos constitucionales, legales y por ir en contravía de lo predicado en la jurisprudencia de las Altas Cortes y por causar inseguridad jurídica en cuanto al velo de tutela de derechos fundamentales»; y que se deje «en firme la sentencia de tutela de fecha 11 de junio de 2014 que concedió el amparo de los derechos (…) por el despido promovido por la empleadora (…) encontrándose enfermo y cobijado por el principio a la estabilidad laboral reforzada» (fl. 8, cdno. 1).
2. El accionante sustenta la queja constitucional, en síntesis, así:
2.1. El 29 de mayo de 2014 formuló una acción de tutela en contra de la empresa Schrader Camargo Ingenieros Asociados S.A., en la que su apoderado agregó como accionada a R.S., y la que impetró porque fue despedido cuando se encontraba en un tratamiento médico por una enfermedad producto de las labores desempeñadas como montador de estructuras. El conocimiento de la solicitud de amparo le correspondió al Juzgado Tercero Civil Municipal de Cartagena.
2.2. El 11 de junio de 2014 el referido estrado municipal dictó sentencia de primera instancia amparando sus derechos fundamentales y ordenando su reintegro a la empresa o su reubicación, además del...
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