Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77374 de 16 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691814561

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77374 de 16 de Diciembre de 2014

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTP17519-2014
Número de expedienteT 77374
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Medellín
Fecha16 Diciembre 2014
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R
epública de Colombia


Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTESTP17519-2014 Radicación No.: 77.374 Acta No. 439



Bogotá, D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil catorce (2014)



Decide la Sala la impugnación propuesta por la DIRECCIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES DEL EJÉRCITO NACIONAL contra el fallo proferido el 6 de noviembre del presente año, por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN, mediante el cual concedió el amparo constitucional invocado por ANDERSON ELIÉCER MACHADO MONSALVE en la demanda de tutela formulada contra el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, el EJÉRCITO NACIONAL, la COORDINACIÓN DE NÓMINA DE PENSIONADOS, la JEFATURA DEL ÁREA DE PENSIONADOS y la entidad ahora impugnante.





ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Fueron sintetizados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, de la forma en que a continuación se indica:


Manifiesta el señor A.E.M.M. que en la actualidad se encuentra detenido en la Cárcel de Bellavista del municipio de Bello descontando una pena de prisión que le fue impuesta, informó que es pensionado del Ejército Nacional por haber perdido una de sus extremidades en un enfrentamiento con un grupo guerrillero.


Mediante escrito le solicitó al Jefe del Área de Pensionados del Ejército Nacional, a la Coordinadora de Nómina de esa misma entidad y al Director de la Sección de Nómina de Pensionados que suspendieran el descuento que estaban haciendo a su mesada, por concepto de pago a la Cooperativa El Roble, por cuanto él directamente no ha gestionado ningún préstamo ante dicha institución financiera.


Adujo que se encuentra probado que se encuentra privado de la libertad desde hace algún tiempo y no es posible que haya realizado alguna solicitud de préstamo de dinero ante esa cooperativa, según esto es evidente que se trata de una suplantación, situación que ya fue puesta en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación desde el pasado 27 de mayo.


Argumentó que los accionados han descontado dinero de su nómina en seis oportunidades con el propósito de pagar a la mencionada cooperativa, lo que ha generado una afectación en la ayuda que éste ciudadano le proporciona a su madre. Solicita entonces que se ofrezca una respuesta de fondo a su petición de suspensión del retiro de esas sumas...

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