Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002009-02258-00 de 16 de Diciembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 691843021

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002009-02258-00 de 16 de Diciembre de 2009

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102030002009-02258-00
Fecha16 Diciembre 2009
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

S. de Casación Civil



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrada Ponente:

R.M.D. RUEDA


Bogotá, D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil nueve (2009).


Ref.: Exp. 11001-02-03-000-2009-02258-00


Decide la Corte la acción de tutela instaurada por el señor José Arnaldo Villamizar Marín contra la S. Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta integrada por los Magistrados E.M.G. y Guillermo Ramírez Ordóñez y el Juzgado Segundo de Familia de la misma ciudad, trámite al que fue citada Alba L.H.N..


ANTECEDENTES


1. El interesado quien suplica la protección del derecho fundamental al debido proceso, pretende que se declare la nulidad de todo lo actuado “porque el señor J. debió remitir la partición adicional solicitada ante el mismo J. quien disolvió la sociedad conyugal. Igualmente existe imnulidad (sic) en la venta de la propiedad discutida en este litigio por falta de notificación, ya que yo hago parte en la partición conyugal del 50% del valor del predio del cual exijo mi derecho” (sic) (folio 2).


Aduce a folios 1° y 2, literalmente que ante una notaría tramitó la liquidación de bienes de la sociedad conyugal en la que no se adjudicaron bienes “por motivos personales con proveedores”, folio 1°, por lo que “yo embargué los bienes inventariados y solicité la partición adicional cada uno al 50% (…) en la que no se me tuvo en cuenta por parte del J. del 50% de la casa comprada con sociedad conyugal vigente, el superior tampoco lo tuvo en cuenta y confirmó la sentencia encontrándose viciada de nulidad” (sic) folio 1°, y agrega que “el señor juez, tuvo en cuenta en el momento de la presentación de la demanda lo estipulado en el artículo 620 donde dice que es procedente la partición adicional cuando el partidor dejó de adjudicar bienes inventariados, pero después desechó el debido proceso y cambió por lo convenido por el abogado fraudulento en mi contra y manifestó que los bienes no aparecieron y sostuvo esa tesis en mi contra. El superior confirmó lo que no es procedente, y violó el debido proceso de acuerdo a lo estipulado en el mismo artículo” (sic) (folio 1°).


Agrega además que “le solicito el favor de pedirle a la sala civil de suspender el recurso de revisión y al momento de fallar su señoría, renuencia a la revisión interpuesta anteriormente, ya que en los dos...

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