Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1900122140012007-00167-01 de 18 de Febrero de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 691863917

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1900122140012007-00167-01 de 18 de Febrero de 2008

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia - Laboral de Popayán
Número de expedienteT 1900122140012007-00167-01
Fecha18 Febrero 2008
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CASACIÓN CIVIL


Magistrado Ponente

EDGARDO VILLAMIL PORTILLA



Bogotá D.C., dieciocho de febrero de dos mil ocho



R.. : Exp. T-19001-22-14-001-2007-00167-01



Decide la Corte la impugnación formulada contra la sentencia de 11 de diciembre de 2007, proferida por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, que negó la acción de tutela promovida por Claudia Ermila Zúñiga Lara en contra del Juzgado Sexto Civil del Circuito de la misma ciudad, trámite al cual fueron vinculados, la parte demandante en el proceso que originó la queja constitucional y el Juzgado Cuarto Civil Municipal que profirió la sentencia de primera instancia.



ANTECEDENTES


1. La accionante solicitó el amparo constitucional de los derechos al debido proceso y al trabajo, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada, con el fin de que se deje sin efecto la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado, proferida el 30 de octubre de 2007, mediante la cual se confirmó la sentencia de primer grado.


Con el fin de fundamentar su pretensión, la gestora del amparo refirió que adquirió el establecimiento comercial Sistemas y Comunicaciones -Sicom- de propiedad de Pedro del Socorro G.Á. quien había celebrado con la Cámara de Comercio del Cauca, el contrato de arrendamiento del local ocupado por el establecimiento.


Para que la arrendadora permitiera la venta del establecimiento comercial, la compradora, ahora accionante se comprometió a pagar los siete meses de cánones de arriendo que el vendedor adeudaba, a razón de $1'592.556 cada uno, así como $37'310.000 por el valor de compra del establecimiento, incluida la prima. El 20 de octubre de 2004, ella quedó registrada como nueva propietaria y a los tres meses de estar ocupando el local la Cámara de Comercio le envió un contrato de arrendamiento a su nombre.

Con base en el referido contrato la arrendadora demandó en proceso abreviado la restitución del inmueble, trámite dentro del cual el juzgado aplicó las norma del arrendamiento civil y no las del arrendamiento comercial que debía tener cuenta de acuerdo con la cesión del contrato de arrendamiento que ella demostró en el proceso, sin que el juzgado hubiera tenido en cuenta la gestión de la demandada y las pruebas que al respecto, aportó al proceso.


Agregó que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR