Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 42205 de 12 de Mayo de 2009
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Número de expediente | T 42205 |
Fecha | 12 Mayo 2009 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia Impugnación 42205
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL - SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente
JAVIER ZAPATA ORTÍZ
Aprobado acta número 137
Bogotá. D.C., 12 de mayo de 2009
Decide la Sala la impugnación presentada por ELISEO GÓMEZ MORENO, contra el fallo proferido el 22 de abril de 2009 por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, mediante el cual negó las pretensiones de la demanda de tutela interpuesta contra la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LOS MINISTERIOS DE HACIENDA y EDUCACIÓN, EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA.
y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
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Según el accionante, las autoridades demandadas han desconocido sus derechos al trabajo en condiciones de dignidad, igualdad, al salario vital y móvil, al acceso a la administración de justicia y al cumplimiento de las sentencias, en tanto no han reajustado, como en su criterio se debió proceder, el salario que devenga en su condición de profesor asociado tiempo completo de la Universidad Nacional, respetando los lineamientos fijados por la Corte Constitucional al respecto e incluyendo la pérdida de la capacidad adquisitiva que se presentó en el cuatrienio 2002 a 2006.
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Que se decrete el ajuste salarial reclamado “…para garantizar la actualización plena de mi salario al año 2008”, “…el reconocimiento y pago a mi favor de los salarios que se me adeudan correspondientes al año 2006” y la “…reliquidación y pago de los salarios que se me adeudan, correspondientes a los años 2007 y 2008”, constituyen las pretensiones del demandante.
EL FALLO IMPUGNADO
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó el mecanismo de amparo en virtud a que por mandato del artículo 6º numeral 5º del Decreto 2591 de 1991 la acción de tutela no procede “cuando se trate de actos de carácter general, impersonal y abstracto”.
En esa medida, los actos que fijaron el incremento salarial del cual se duele el actor, son de carácter general y susceptibles de ser atacados por la vía contencioso administrativa, máxime cuando no se acredita ninguna situación especial de perjuicio irremediable que legitime una intervención inmediata del juez de tutela.
LA IMPUGNACIÓN
Explica el actor que no pretende que se declare la inconstitucionalidad de los actos que fijaron el incremento salarial, sólo obtener el restablecimiento de los derechos fundamentales que invocó en su demanda. Insiste en que el Gobierno Nacional no...
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