Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 17406 de 29 de Noviembre de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 691871765

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 17406 de 29 de Noviembre de 2000

Número de expediente17406
Fecha29 Noviembre 2000
EmisorSala de Casación Penal
Tipo de procesoCOLISIÓN DE COMPETENCIA
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Proceso Nº 17406

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente:

DR MARIO MANTILLA NOUGUES Aprobado Acta No.201

Santa Fe de Bogotá, D.C., noviembre veintinueve (29) de dos mil (2000).

VISTOS

Dirime la Corte la colisión negativa de competencia suscitada entre los Juzgados 47 Penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá y Primero Penal del Circuito de Valledupar, para conocer de la causa adelantada contra D.R.R., A.I.B.L., A.C.M.G., H.G.M., MARELVIS DEL ROSARIO MEJIA ESTRADA, S. CUADRADO DE CASTAÑEDA y J.P.C., acusados de los delitos de estafa agravada y tentativa de estafa agravada.

HECHOS Y ACTUACION PROCESAL

1. La Capitalizadora Colpatria, en la oficina denominada Unidad Torre, con sede en Santa Fe de Bogotá, procesaba el movimiento de las sucursales no sistematizadas en el país, entre ellas, las de Medellín y Valledupar. Para la cancelación de títulos antiguos expedidos en tales dependencias se requería de un procedimiento específico y autorización especial, actuación que debía surtirse en la citada Unidad, único lugar donde se tenía la clave de acceso.

Con el procedimiento indicado, por el sistema de computación, se pusieron en circulación títulos de capitalización, recayendo la acción en documentos pagados a los verdaderos suscriptores, otros no cobrados, o inactivos por suspensión en el pago de las cuotas. Los originales de dichos títulos fueron rescindidos o cancelados comercialmente, expidiéndose en su reemplazo uno nuevo con diferente nombre del inicial suscriptor, cambiando la radicación de la ciudad donde fue expedido, para hacer aparecer como tal a Valledupar y Medellín.

El pago de los títulos apócrifos se realizó así: a) En Valledupar se cancelaron 30 títulos por valor de $16.086.355 a J.P.C., MERELVIS DEL ROSARIO MEJIA ESTRADA, A.M.G., OSCAR CHAPARRO CONTRERAS, R.A.D.A. y S. CUADRADO DE CASTAÑEDA. Se frustró el cobró de 14 títulos más por valor de $16. 636. 728, b) En Medellín se pagaron 29 títulos de capitalización por $18.372.693 a M.L.M., J.R.G. y ANGEL ROQUE LONDOÑO.

A los folios 10 a 18, 150 a 154, 190 a 195, 245 a 248 del cuaderno original número uno obran 24 cheques que se elaboraron y entregaron en Valledupar a sus beneficiarios, los que fueron pagados por el Banco de Occidente de esa misma ciudad con los fondos correspondientes a la cuenta 90003841- 5 de la cual es titular la sucursal de Colpatria. Al folio 641 del cuaderno original número tres está el informe de los cheques que fueron pagados por la sucursal de Colpatria en Medellín (Centro), estableciéndose en diligencia de inspección judicial, visible al folio 631, que algunos se cobraron por ventanilla y otros por consignación en Conavi, en las cuentas de ahorro 1012 –5828770 de la sucursal Coltabaco y 1001 –1492 – 463 de la Sucursal Junin, ambas de la ciudad de Medellín. Pagos estos efectuados por orden de la Unidad Torre desde Santa Fe de Bogotá.

2. La denuncia fue presentada por J.M.C.C. ante el CTI de Valledupar. El 11 de noviembre de 1993 la F.ía 14 de la Unidad Previa y Permanente de dicha ciudad profirió resolución de apertura de investigación, diligencias que fueron asumidas posteriormente por la F.ía 9 Seccional de la Unidad. Mediante resolución 0 – 0174 de febrero 4 de 1994 el F. General de la Nación radicó la investigación en la Dirección Seccional de Santa Fe de Bogotá (F – 215 y 216 del cuaderno de copias número uno).

3. La F.ía 68 de la Unidad de Delitos Financieros en esta capital, mediante resolución de diciembre 16 de 1999 precluyó la investigación por el delito de falsedad en documento privado, en concurso sucesivo y homogéneo, por prescripción de la acción penal. Profirió resolución de acusación por los delitos de estafa consumada y tentada, como se reseñó al principio de esta providencia.

4. Las diligencias fueron remitidas a los Juzgados Penales del Circuito de Santa Fe de Bogotá, correspondiéndole por asignación al Juzgado 47 Penal del Circuito, Despacho que con auto de abril 6 del presente año dispuso el envió de la actuación por competencia a su homólogo de Valledupar, por considerar que éste fue el lugar de la comisión del delito de estafa, sugiriendo colisión de competencia negativa de no aceptarse lo resuelto.

5. Habiéndole correspondido las diligencias al Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar, con auto del 30 de mayo de 2000 replicó aceptando el conflicto y remitió el expediente a la Corte para que lo dirima, argumentando:

El delito de...

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