Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 81343 de 20 de Agosto de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 691891281

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 81343 de 20 de Agosto de 2015

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTP11148-2015
Fecha20 Agosto 2015
Número de expedienteT 81343
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente

STP11148-2015

R.icación N°. 81.343

(Aprobado Acta N°. 285)

Bogotá, D.C., veinte (20) de agosto de dos mil quince (2015).

ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela interpuesta por J.F.C., contra el Juzgado 2° Penal del Circuito de Barrancabermeja y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, por la presunta violación del derecho fundamental al debido proceso.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

1. El 18 de julio de 2014, el Juzgado accionado condenó J.F.C. a la pena principal de 231 meses de prisión al hallarlo responsable de los delitos de hurto calificado agravado y porte ilegal de armas de fuego. Así mismo, le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

2. Apelada la sentencia por la defensa, en fallo del 9 de abril pasado, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, la confirmó en su integridad.

Contra tal proveído las partes no presentaron recurso extraordinario de casación.

3. J.F.C. acude a la tutela para denunciar presuntas irregularidades al interior de la actuación adelantada en su contra.

Al respecto, señala que indemnizó a la víctima pero no de le reconocieron las rebajas por ese concepto y, en consecuencia, solicita que dejar sin efectos la condena emitida en su contra.

LAS RESPUESTAS

Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga.

El Magistrado Ponente indicó que el interno insiste en cuestionar el proceso de dosificación punitivo agotado en la sentencia de primera instancia, lo cual no es viable a través de este mecanismo constitucional, más cuando el actor no agotó todos los recursos que tenía a su alcance, entre ellos, el extraordinario de casación.

PROBLEMA JURIDICO

Corresponde a la Sala determinar, si las autoridades judiciales accionadas vulneraron el derecho fundamental reclamado por el actor al interior del proceso por el cual fue condenado por los delitos de hurto calificado agravado y porte ilegal de armas de fuego.

Previo a ello, se hará referencia al principio de subsidiariedad como requisito de procedibilidad de la acción de tutela frente a providencias judiciales.

CONSIDERACIONES

La Sala negará la solicitud de amparo por las siguientes razones:

1. Conviene precisar, que la acción de tutela no es viable cuando existe un mecanismo ordinario judicial idóneo de protección de los derechos fundamentales. Así cuando se cuestiona la legalidad o validez de una providencia judicial, la acción resulta impropia porque dentro de cada proceso se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR