Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 9449 de 28 de Septiembre de 1998 - Jurisprudencia - VLEX 691892209

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 9449 de 28 de Septiembre de 1998

Número de expediente9449
Fecha28 Septiembre 1998
EmisorSala de Casación Penal
Tipo de procesoÚNICA INSTANCIA
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente

CARLOS E. MEJIA ESCOBAR

Aprobado Acta No. 144

Santa Fe de Bogotá D.C., veintiocho (28) de septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998).

V I S T O S

Procede la Sala a calificar el mérito del sumario al que se encuentra vinculado mediante indagatoria el Senador de la República JULIO CESAR GUERRA TULENA.

H E C H O S

Desde el mes de marzo del año de 1992 un grupo de personas lideradas por A.M.S.C., decidieron invadir el predio denominado “S.F., ubicado en jurisdicción del municipio de S.A. de Sotavento en el departamento de Córdoba, pero así mismo han sido sucesivamente rechazados en sus intentos, mediante los procedimientos legales correspondientes.

El 17 de abril de 1994 los señores J.d.C.Q.R. y S. de la O.D., fueron sorprendidos por el Senador de la República JULIO CESAR GUERRA TULENA, varios de sus escoltas, y su abogado, cuando estaban dedicados a arar una porción de tal terreno, labor para la que habían sido contratados por S.S., quien al parecer se desempeña como tesorero del Cabildo Indígena de Cacaotal.

En el mismo lugar se encontraba A.M.S.C. en compañía de su concubina y una numerosa prole, quienes habían construido una enramada compuesta por cuatro maderos y un techo de palma. Recogidos los enseres de los S. y desalojados los invasores del sitio, se prendió fuego a la enramada; los tractoristas y el señor S.C. consintieron luego en acompañar al Senador GUERRA a la Estación Rural de la Policía Nacional en S.A. de Sotavento, donde ese día se les recibió declaración a los señores S. y De la O., luego de lo cual el primero fue regresado al sector rural donde habían quedado su mujer e hijos, y al siguiente día compareció voluntariamente Q.R. a rendir declaración.

LA DENUNCIA

1.- Mediante un documento titulado “Denuncia Pública”, que suscribieron los señores R.N.P.-.C.M. -; J.Q.S.-.S. -; y J.B.P.-.A.M. - del Cabildo Menor de la Comunidad Indígena de Cacaotal, remitido a la Defensoría del Pueblo y de allí a la Corte Suprema de Justicia, en el que se relataban los enfrentamientos ocurridos entre esa comunidad indígena y los propietarios de la finca “S.F., se enteró esta Corporación de los hechos ocurridos el 17 de abril de 1994 que en el punto 7 del aludido documento se relatan así:

“El día 17 de abril /94 (ayer), se presentó a la finca “S.F. el señor JULIO CESAR GUERRA TULENA, Representante a la Cámara y Senador electo, en compañía de un grupo de civiles armados y después de proferir toda clase de insultos y amenazas contra nuestras vidas, procedió él mismo a incendiar la casa donde residía el compañero A.S. con su mujer y 8 hijos, todos menores de edad, se lo llevó preso al igual que a los dos propietarios de las máquinas que nos araban la tierra.

No contento con eso, mandó desde la mayoría de la finca a un trabajador suyo con el tractor y un “zorro” para “recoger” a la familia del compañero A.S., (mujer y 8 hijos), con sus pertenencias y animales de corral, y ponerlos en la carretera.” (folios 1 y 2, cuaderno original; 14 y 15, cuaderno de la Fiscalía 22 de Chinú).

2.- Posteriormente, El 28 de abril de 1994, el señor A.M.S.C. presentó ante la Unidad de Fiscalía Previa y Permanente de S.(.) denuncia por los mismos hechos, relatándolos así: Advierte que desde hace 3 años vienen ocupando el predio S.F., pero durante similar lapso han venido siendo igualmente desalojados del mismo, desalojos en los que han perdido 29 casas y varios cultivos de ñame y yuca, el último de los cuales ocurrió el 23 de junio de 1992.

Narra que el 17 de abril se presentó en el predio el señor JULIO CESAR GUERRA TULENA acompañado de 7 civiles armados, que afirma se mantuvieron al margen, pero que GUERRA se dirigió a él con palabras soeces, obligándolo a desalojar el predio, recibiendo ayuda de los civiles armados para recoger sus enseres, luego de lo cual GUERRA TULENA le prendió fuego a la “casa donde yo vivía con mi familia”, e intentó incendiar otra casa más pequeña, ubicada en cercanías de la suya, pero fue impedido de ello por una de las personas que lo acompañaba.

A continuación GUERRA TULENA le indicó que lo acompañara hasta S.A. de Sotavento, sitio en el cual se le recibió una declaración que dice fue mecanografiada por el propio GUERRA, al tiempo que era interrogado por el abogado de éste, ya que el C. del Puesto de Policía se negó a recibir la diligencia por tratarse de un día no hábil, luego de lo cual lo regresaron nuevamente y lo dejaron libre. Finaliza expresando que GUERRA ha proferido amenazas en su contra “porque está viviendo en un predio que es de él”, pero que reclama como suyo con base en un título de la Corona Española. (folios 1 a 3, cuaderno de la Fiscalía 22 de Chinú)

3.- El 2 de mayo de 1994, el señor S.C. se presentó ante la Unidad de Investigación del Cuerpo Técnico de la Fiscalía General de la Nación con sede en Montería (Córdoba) para formular denuncia (nuevamente) contra el Senador JULIO CESAR GUERRA TULENA por los delitos de Incendio y Amenazas, que ocurrieron el 17 de abril de 1994 en la finca S.F., jurisdicción del municipio de S.A. de Sotavento.

El denunciante relata que ha invadido la finca S.F. desde el año de 1992 y que el 17 de abril de 1994 se presentó allí el Senador GUERRA TULENA, acompañado de un grupo de hombres armados, para insultar y amenazar a todos los ocupantes del predio, luego de lo cual incendió la casa en la que vivía A.S. con su mujer y 8 hijos, quienes a continuación fueron recogidos por “los compinches” de GUERRA y dejados en la carretera. En cuanto a las amenazas las concreta en una inicial oferta de $2.000.000.oo para que desalojara el predio, o una casa donde quisiera y finalmente en expresarle “que se fuera por las buenas que después él no respondía”. Finaliza señalando la declaración que debió rendir el 17 de abril en el Comando de la Policía de S.A. de Sotavento, diligencia en la que no intervino ninguna autoridad, solamente GUERRA TULENA y un abogado de él “que la leyó”. (folios 12 y 13, cuaderno de la Fiscalía 22 de Chinú).

4.- El 4 de octubre de 1994, el señor A.M.S.C., amplió la denuncia pública ante la Defensoría del Pueblo, relatando las continuas invasiones que ha hecho en el predio S.F. y los desalojos que ha padecido, iniciando tales actividades desde el 27 de marzo de 1992.

Respecto del incidente del 17 de abril de 1994, explica que como no se habían vuelto a meter con ellos tenía - en el predio S.F. - varias hectáreas sembradas en yuca, plátano, ñame criollo, ñame espina y otros cultivos, así como 2 máquinas que estaban arando la tierra, cuando llegó un grupo de civiles armados que ordenaron parar el trabajo de los tractores y 4 de ellos se dirigieron a su casa para identificarlo, lugar al que igualmente llegó el Senador JULIO CESAR GUERRA TULENA esgrimiendo un revólver y profiriendo amenazas e insultos en su contra, obligándolo a recoger sus enseres para prenderle fuego a la casa e invitándolo a que lo acompañara para dar una declaración, a lo que inicialmente se negó el declarante por tratarse de un día domingo, pero luego consintió en hacerlo por la promesa que se hizo de retornarlo al mismo lugar.

Acudió entonces al Comando de la Policía de S.A. de Sotavento, donde la declaración fue mecanografiada por GUERRA TULENA y el interrogatorio practicado por su abogado, luego de lo cual fue regresado a la finca, donde señala que GUERRA volvió a proferir amenazas que concreta en que le dijo “que tenía que irse por las buenas o por las malas o él no respondía de lo que pudiera pasar”. El resto de la declaración la dedica a relatar nuevos hechos de invasión y de desalojo producidos con posterioridad al 17 de abril de 1994, en los que ha intervenido la Fuerza Pública. (folios 37 a 43, cuaderno anexo de la Defensoría del Pueblo)

5.- El 5 de junio de 1995 amplia la denuncia del 28 de abril de 1994, ante la Fiscalía 14 de la Unidad 1ª de Patrimonio de Chinú (Córdoba), para relatar similares hechos a los ya consignados, señalando las amenazas de GUERRA TULENA, el incendio de la casa por éste, previa desocupación de la misma, aunque en esta ocasión agrega que el Senador GUERRA lo encañonó para obligarlo a ir con él a S.A. de Sotavento, aunque reconoce que por el llanto de su mujer e hijos, consintió en acompañarlo voluntariamente bajo el compromiso de volverlo a traer al mismo lugar. (folios 117 a 122, cuaderno original).

DE LAS PRUEBAS RECAUDADAS

1.- La calidad de Congresista del indagado JULIO CESAR GUERRA TULENA se encuentra debidamente acreditada con la siguiente documentación:

1.1.- Constancia del S. General de la Cámara de Representantes, en la que se indica que el señor GUERRA TULENA se desempeñó como Representante a la Cámara en los períodos constitucionales 1974-1978; 1982-1986; 1986-1990; y 1991-1994.

1.2.- Constancia del S. General del Senado de la República en la que adjunta listado de las personas que se posesionaron el 20 de julio de 1994 como Senadores para el periodo constitucional 1.994-1998, entre los que se...

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