Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002016-02201-00 de 10 de Agosto de 2016
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STC10967-2016 |
Fecha | 10 Agosto 2016 |
Número de expediente | T 1100102030002016-02201-00 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Magistrado ponente
STC10967-2016
R.icación n.° 11001-02-03-000-2016-02201-00
(Aprobado en sesión de diez de agosto de dos mil dieciséis)
Bogotá, D.C., diez (10) de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Decídese la tutela impetrada por Víctor Osvaldo Mora Quirama frente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Itagüí y la Inspeción Segunda de Policía Municipal de La Estrella; extensiva a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, integrada por los magistrados Luis Humberto Otálora Mesa, J.G.R.G. y J.C.S.L., con ocasión del asunto reivindicatorio iniciado por Álvaro Soto Giraldo, Ó. de Jesús y J.I.M.M. contra J.C.M.A. y G.A.A..
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ANTECEDENTES
1. El promotor reclama el amparo de los derechos al debido proceso, igualdad y propiedad privada, entre otros, presuntamente lesionados por las autoridades accionadas.
2. Para sustentar su reparo, acota que él y 64 personas más son dueños de “(…) un lote (…) situado en el paraje La Culebra, denominado la Glorieta (…) del municipio de La Estrella (…)”.
Advierte que el 5 de abril de 2004, G.A.A. le vendió 992 mts2 del área comprada por éste a María Ruth Arboleda.
Sostiene que sobre la franja adquirida edificó su casa y vive allí con su familia.
Relata que el 17 de febrero de 2016 la inspección atacada “(…) programó el desalojo y lanzamiento (…)” de la totalidad del predio mencionado, dando cumplimiento, como comisionada, a lo dispuesto en la sentencia de 23 de octubre de 2009 emitida en el juicio reprochado, decisión confirmada parcialmente por el Tribunal el 31 de julio de 2012.
Expone que se opuso a la diligencia reseñada presentando las pruebas correspondientes para acreditar su “dominio”, el pago de impuestos y las mejoras practicadas a sus terrenos.
Destaca que en esa oportunidad también criticó la omisión en fijar los avisos respectivos para notificar la ejecución de la comisión; además, informó de la existencia de “(…) una querella civil de policía instaurada por (…) Lázaro Soto Montoya (…) [frente a] Juan Carlos Montoya Amaya (…)”, para que éste “(…) no ejerciera actos de señor y dueño (…)”; trámite fallado en forma adversa al allí quejoso.
Asegura, ambiguamente, que la inspección denunciada programó el 7 de junio de 2016 para...
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