Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 72462 de 27 de Julio de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691929385

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 72462 de 27 de Julio de 2016

Sentido del falloNO ACCEDE A LO SOLICITADO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Familia de Bogotá
Número de sentenciaAL4895-2016
Tipo de procesoRECURSO DE QUEJA
Fecha27 Julio 2016
Número de expediente72462
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado Ponente


AL4895-2016

Radicación Nº 72462

Acta No. 27


Bogotá D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil dieciséis (2016).


Decide la Corte lo que corresponda, sobre el recurso de queja interpuesto por la apoderada judicial del señor ELÍAS CASTRO MUÑOZ, contra el auto de 2 de febrero de 2015, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá –Sala Laboral-, por medio del cual no concedió el recurso de casación, formulado en contra de la sentencia emitida por la misma corporación, el 10 de junio de 2014, en el proceso que promovió en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones “Colpensiones”.


  1. ANTECEDENTES


Mediante sentencia de 20 de mayo de 2014, el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá, absolvió a la Administradora Colombiana de Pensiones “Colpensiones”, de las pretensiones de la demanda ordinaria laboral, que en su contra suscitó el señor E.C.M..


Por apelación, el Tribunal Superior de Bogotá –Sala Laboral-, en decisión de 10 de junio de 2014, confirmó el fallo proferido por el mencionado juzgado.


El 18 de junio de 2014, la apoderada judicial del actor interpuso el “recurso de casación” contra la providencia antes aludida.


En proveído de 2 de febrero de 2015, el Tribunal, no concedió la impugnación extraordinaria, en razón a que «Teniendo en cuenta el cálculo anterior lo que debió reconocérsele al demandante en caso de una eventual condena a la demandada asciende a la suma $14.311.651.00 suma que no supera los 120 salarios mínimo exigidos para recurrir en casación».


Contra lo allí dispuesto, la inconforme, el 16 de febrero de 2015, interpuso el recurso de reposición y en subsidio solicitó la expedición de copias para recurrir en queja.


El fallador de segundo grado, en pronunciamiento de 25 de junio de 2015, no repuso el auto de 2 de febrero de 2015, y ordenó la expedición de copias a costa de la interesada con las constancias y formalidades de ley, para efecto de «interponer el recurso de queja».


El 7 de julio de 2015, la apoderada judicial del actor, nuevamente solicitó copias auténticas ante el Tribunal.


El 13 de julio de 2015, el expediente se remitió al Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá.


El 14 de agosto de 2015, la Secretaría del...

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